En respuesta a los reclamos efectuados oportunamente, las entidades abajo firmantes fuimos convocadas a una reunión con autoridades de la Caja de Jubilaciones, que se concretó el 20/08/25.
En la citada reunión se plantearon dos temas que forman parte de la preocupación de los jubilados y pensionados. En primer lugar, el cumplimiento por parte de la Caja de la ley 15514, que derogó la inconstitucional ley 15008, restableciendo a todos los beneficiarios el 100% del haber previsional que les corresponde cobrar conforme la variación de los salarios de los trabajadores del Banco. En segundo lugar, que la Caja dejara de interponer recursos de apelación a la SCJ que eran meramente dilatorios, dado que la Corte ya había fijado claramente su posición en los procesos colectivos llevados adelante por la Asociación Bancaria, la Asamblea y la Unión de Jubilados.
Cabe mencionar que en la oportunidad fuimos atendidos por el director suplente representante de los jubilados en el Directorio Sr. Oscar Padín, el gerente general Enrique Barnau y el gerente de asuntos legales Bruno Salomone.
Después de una detallada exposición del Dr. Salomone sobre las distintas situaciones en que se encuentran los beneficiarios, según hayan sido incluidos o no en la medida cautelar dictada por la Corte, y la situación de los juicios individuales según la jurisdicción donde tramitan, informó que estaban cumpliendo solo el fallo de la Corte en los procesos colectivos respecto de los beneficiarios alcanzados por la citada sentencia, no así con el resto de los beneficiarios, interpretando que no estaban obligados hacerlo y que se iba a resolver caso por caso cuando lo ordenara la Justicia.
En relación a la aplicación de la ley 15514 hubo un intercambio de opiniones en la cual las organizaciones de jubilados ratificaron que consideraban que no se estaba respetando el espíritu de la sanción de la ley 15514. En la reunión se recordó la mesa de diálogo donde participaron las entidades demandantes Asociación Bancaria, Unión Jubilados y Asamblea Permanente y los representantes de la Provincia, el Banco y la Caja. Existió en esas reuniones, convocadas por la Corte, una idea coincidente entre las partes sobre la necesidad de reparar para todos los beneficiarios el daño producido por la ley 15008, siendo primordial la recomposición plena de los haberes previsionales. Se dijo también que la realidad demuestra que se imponen todas las obligaciones de la ley, como es el mayor aporte, pero no se cumple con el pago del 100% del haber como correspondía desde el 03/01/2025 en que rige la ley 15514.
Recordamos que nuestras entidades vienen reclamando por lo que a nuestro criterio es un tratamiento injusto y discriminatorio entre beneficiarios en igualdad de condiciones por sus trayectorias laborales, puesto que a unos la Caja les recalculó sus haberes como si no hubiera existido la ley 15008, pero con otros no lo hizo.
Esa es la premisa que actualmente no está siendo cumplida debido a la interpretación que hace la Caja de la ley 15514, y por esa razón reiteramos el reclamo.
Otro motivo de conversación fueron las presentaciones de recursos por inaplicabilidad de la ley que interpone la Caja contra las sentencias para que tome intervención la Corte, que eran inconducentes, rechazados por el Tribunal Superior, siendo su resultado solo dilatar el cumplimiento de los juicios.
Sobre este último punto se comprometieron a tratar en el Directorio el tema, a los efectos de autorizar al área legal a no presentar dichas apelaciones.
Por nuestra parte, continuaremos reclamando el cumplimiento irrestricto de la ley 15514 en todas las instancias pertinentes, respecto de todos los jubilados y pensionados de la Caja.
Asamblea Permanente / Círculo de Jubilados / ACIPESU / Grupo Siglo