Novedades en la retención por el Impuesto a las Ganancias

Una cantidad de beneficiarios de la Caja han sido favorecidos con la reducción de su carga impositiva al habérseles aplicado la deducción específica para jubilados y pensionados.

Este importante beneficio es el que nuestra entidad venía reclamando (en soledad) desde principios del corriente año, ya que fue instaurado por la reforma de la ley en diciembre 2016 y la ANSES lo empezó a aplicar en febrero de 2017.

Como ustedes saben, estuvimos reclamando incansablemente y de diversas maneras para que la deducción en cuestión se aplicara desde el primer momento y en forma general; y también hay que reconocer muchas gestiones hechas por asociados de nuestra entidad, dirigiéndose a la Caja o a la AFIP a fin de encontrar una solución que destrabara la aplicación del beneficio. Pero lo que solicitábamos no fue tomado por la Caja, y permanecieron en silencio sus directores en representación de los beneficiarios y también las restantes entidades de jubilados.

El reajuste –desde enero 2017- que se cobró recién a fines de julio fue significativo en proporción a los ingresos y, naturalmente, también lo será para aquellos que todavía no lo han cobrado. Asimismo, la merma de la retención también tuvo peso.

Lo que lamentamos es que aún miles de jubilados y pensionados no estén aprovechando el beneficio, fundamentalmente porque nos les ha llegado claramente la información necesaria sobre la operatoria que deberían cumplimentar. En este sentido, nos satisface que quienes acceden a nuestros comunicados y/o consultan nuestra página web estuvieron permanentemente informados;

Valoramos que ante la necesidad de numerosos beneficiarios, de lo que nos hicimos eco en nuestros comunicados, la Caja haya instaurado un dispositivo de ayuda para que se pueda cumplir con el trámite exigido por su administración en cuanto a datos a ingresar a través del formulario 572 Web. No obstante, a la luz de la experiencia hasta ahora recopilada, entendemos que esa atención debería mejorarse y ampliarse en días y horarios, inclusive incorporando a las subsedes en el interior participando del servicio. Además, la Caja aún tiene pendiente despejar algunas cuestiones de suma importancia, como son las dudas existentes respecto a la periodicidad con que hay que confeccionar el 572 Web y la incidencia de lo declarado en el período fiscal. Esto debería aclararse taxativamente en la página web de la Caja.

Grupo Siglo ha colaborado con sus socios respondiendo consultas verbales y por correo electrónico, resolviendo en muchos casos telefónicamente la situación para lograr incorporar la deducción específica en cuestión.

Hoy una cantidad de jubilados gozan del beneficio, que será próximamente incrementado, ya que la deducción específica se elevará a partir de setiembre automáticamente con el aumento del 13,32% en los haberes de los jubilados de la ANSES, según el reciente anuncio oficial.

En la liquidación de los haberes de agosto,a cobrarse el 5 de septiembre, ya la Caja debe incrementar la deducción específica tomando hasta fin de año $ 43.476 mensuales; con lo cual todos aquellos que tributan con la máxima tasa del gravamen verán reducida la retención; mientras que los demás que la tienen podrán compensar el eventual incremento de la alícuota que se le aplica por acumulación de ingresos y, según el caso, disminuir o eventualmente eliminarse la carga tributaria mensual.

Nos satisface que buena parte del problema por el que reclamamos haya sido resuelto, beneficiando a todos los colegas que reúnen los requisitos establecidos en la norma y presentan el formulario 572 Web; y ratificamos nuestro compromiso de continuar bregando por la defensa de los derechos e ingresos de los jubilados y pensionados del Bapro.