Variación de prestaciones previsionales y carga impositiva

Sobre la base de oportunas observaciones de algunos colegas, que agradecemos, detectamos que en la publicación original bajo este título se deslizó un error al invertir involuntariamente dos dígitos de la cifra de la deducción específica para jubilados y pensionados que regirá a partir de junio.

En consecuencia, con nuestro pedido de disculpas a continuación brindamos el comunicado corregido, destacando que no hay variación conceptual en el mensaje, destinado a informar sobre las eventuales diferencias entre los sistemas de ajuste de las prestaciones.


Desde el 1º de junio de 2018, en concordancia con el anunciado aumento de la jubilación mínima, se incrementará la deducción específica para jubilados y pensionados, que pasaría a $ 48.576 mensuales.
Como la Caja de Jubilaciones deberá tomar tal deducción actualizada, muchos jubilados y pensionados dejarán de sufrir retención impositiva. Además, los que seguirán tributando tendrán en general una merma en el monto retenido, y por lo tanto una mejora en el salario de bolsillo que cobrarán el 05/06/18.
Serán beneficiados solamente aquellos que han presentado el 572 web año 2018 y cumplen con los requisitos para que se les aplique  la deducción específica. En este sentido debe tenerse en cuenta lo que oportunamente informamos sobre lo que consigna la página web de la Caja al respecto.
Paralelamente, los haberes de junio a cobrar a principio de julio 2018 tendrán un incremento (todavía no comunicado por la Caja) del 5,71%, que al mantenerse el aporte del primer mes de aumento a la Caja, solo se verá reflejado como incremento neto en lo que cobraremos a principios de agosto 2018. No obstante, ese incremento servirá para que también aumente lo que se cobra por SAC y RES.
Con relación a las retenciones impositivas, aquellos que reciben la RES en forma semestral con los haberes de junio, tendrán mayor retención mensual por el tributo, por incluirse 1/6 de lo cobrado por ese concepto. También puede ocurrir que en los cobros de principios de julio y agosto, algunos que no tributaban comiencen a tributar moderadamente.
Repitiendo el procedimiento anterior, a partir del 1º de septiembre volverá a incrementarse la deducción específica para jubilados y pensionados, que a nuestro entender estaría en el orden de los $ 50.000, por lo que nuevamente muchos beneficiarios dejarían de tributar y los demás volverían a tener una merma en la retención mensual con relación a meses anteriores.  Esto se verificaría al cobrar los haberes de agosto 2018. Simultáneamente, las prestaciones previsionales se incrementarán en un 6.7% según anunció la ANSES, aunque solo impactarán en el salario neto a principio de noviembre por el aporte del primer mes de aumento; imposición que la ley 13364 modificada convalidó y la 15008 actual ratifica.
En diciembre volverían a aumentar la deducción específica y las prestaciones previsionales, pero aún no se cuenta con el coeficiente correspondiente. No obstante, cabe señalar que dicho incremento significará que se deba reajustar el SAC del primer semestre y que posiblemente la carga impositiva disminuya o eventualmente no se incremente, ya que el SAC viene siendo incluido mensualmente dentro de las sumas consideradas para tributar.
Los aumentos de las prestaciones pueden modificarse si por decisión de la Corte Provincial o por negociación política se retrotrae la forma de incremento, volviéndose al anclaje paritario. Ese acuerdo este año implicará para los activos en su tramo remunerativo un porcentaje anual resultante de 13,33 (10% desde enero a abril y 5% más no acumulativo desde mayo hasta diciembre), pudiéndose incrementar por cláusula de revisión, lo cual eventualmente se trasladaría a los jubilados en la medida que el/los montos resultantes según la negociación no sean sumas no remunerativas.