Deseamos informar a nuestros asociados y afiliados en general la posición de nuestra entidad respecto a la audiencia concretada en el ámbito de la Corte provincial el pasado 9/10/24.
Las entidades de jubilados convocadas (Asamblea Permanente y Unión Jubilados) son aquellas que a principios de 2018 se presentaron ante el máximo tribunal, generando, lo mismo que la Asociación Bancaria, procesos colectivos cuestionando la ley 15008. La Corte también convocó a las otras partes (el Asesor General de Gobierno, el apoderado del Procurador General, el Ministro de Economía de la Provincia, el Fiscal del Estado y el presidente del Banco) y a los integrantes que designó el Poder Legislativo.
El objetivo de la convocatoria fue “que las partes y demás intervinientes informen al Tribunal sobre la situación actual y se manifiesten sobre la viabilidad de comprometer el máximo esfuerzo para alcanzar una solución concertada del conflicto mediante la sanción de algún texto normativo, en plazo razonable.” Es fácil deducir que la intención del máximo tribunal es que se legisle de manera de modificar o reemplazar la ley cuestionada.
Como se sabe, además de las entidades convocadas a esa audiencia, ACIPESU, el Círculo de Jubilados y Grupo Siglo nos venimos reuniendo con el fin de explorar posibles soluciones tanto para las problemáticas de nuestro sistema previsional como las de la mutual de salud. En tal sentido, también suscribimos el pedido de reunión con la Corte, pero lamentablemente los jueces no nos invitaron a participar.
Se concluye de los diversos comunicados y algunas notas periodísticas que la Corte impulsa una solución legislativa, política, que resuelva el conflicto antes de tener que emitir el fallo que le corresponde según su rol institucional, y ahora posterga nuevamente su veredicto, suspendiendo el dictado de la sentencia.
En cuanto al desarrollo de la audiencia, nos llama la atención que el Asesor General de Gobierno indicó que a la brevedad el gobernador volvería a presentar, con el mismo texto original, el proyecto que perdió estado parlamentario, a pesar del fracaso del primer intento.
Ese proyecto fue reiteradamente objetado por nuestra entidad, porque eleva el Aporte del Beneficiario al 12% fijo, y no incluye la recomposición de los haberes previsionales deteriorados por efecto de la ley 15008, cuando por la medida cautelar del 14/03/23 esto ya fue reconocido por la Corte para aquellos beneficiarios de la Caja anteriores a dicha ley que no iniciaron demandas judiciales.
Cabe señalar que Grupo Siglo junto con las otras cuatro entidades de jubilados y pensionados estamos llevando a cabo consultas con distintos bloques de la Legislatura, para poder modificar el actual regimen legal con un proyecto superador que contemple la resolución de la Corte y otros aspectos en beneficio de los jubilados y pensionados. Asimismo, cada entidad individualmente está elaborando las pautas que eventualmente podrían contemplarse en tal modificación. Por eso esperamos tener la oportunidad de presentar nuestras propuestas en el ámbito legislativo si allí se tratara un proyecto de reemplazo o modificación de la 15008.
Para nuestra entidad hay aspectos fundamentales que deberían ser considerados si eventualmente se concreta el tratamiento legislativo, entre otros: el financiamiento de la Caja incorporando al estado provincial, la determinación del haber inicial, la actualización de la prestación previsional según los aumentos de los haberes de los activos, la edad jubilatoria, el aporte de los activos y las contribuciones del Banco, los plazos de liquidación de incrementos por la Caja, la recomposición de las prestaciones previsionales en general y el aporte de los beneficiarios.