RECLAMAREMOS POR:
- NO A LA LEY 15008 Por el grave perjuicio que implica para los futuros jubilados y para los actuales; entre otras cosas, haber modificado retroactivamente el sistema de cálculo de actualización de haberes que garantizaba la constancia de la tasa de sustitución.
- NO AL APORTE DEL BENEFICIARIO y DESCUENTO DE LOS PRIMEROS AUMENTOS Por tratarse de una quita injusta e inequitativa que hace que los beneficiarios de la Caja debamos pagarnos varias de nuestras propias prestaciones anuales.
- ACTUALIZACIÓN DE NUESTROS HABERES PREVISIONALES EN MARZO Y JUNIO DE ACUERDO A LOS INCREMENTOS YA DEVENGADOS Porque es la forma de recuperar al menos una parte de la pérdida de poder adquisitivo que venimos padeciendo desde la implementación de la ley 15008. Reclamamos el 11,56% de incremento de haberes desde el 01/03/20 (y el correspondiente aumento a partir de Junio 2020) porque tiene sustento legal, siendo el nuestro un régimen especial provincial.
- RESPETO DE LAS AUTORIDADES NACIONALES Y PROVINCIALES, Y DE NUESTRA CAJA DE JUBILACIONES A NUESTROS DERECHOS E INGRESOS El Presidente de la Caja debe recibir inmediatamente a los dirigentes de las asociaciones de jubilados y pensionados. EL Gerente de la Caja debe disponer inmediatamente restituir lo retenido de más en la liquidación del 04/03/2020
Siendo necesario que individualmente también se reclame, podrán presentar la nota del siguiente enlace u otra similar, y en caso que no puedan concurrir por diversas causas, la podrán remitir por correo electrónico al Gerente de la Caja, a la dirección [email protected]