Considerando que varios socios nos han informado que sin su consentimiento, autoritariamente, las autoridades de la Caja han dispuesto el débito de montos de sus prestaciones por una supuesta “deuda”, y teniendo en cuenta que en esta época se perciben importes superiores a los corrientes de los demás meses, recomendamos la lectura detenida y el control del detalle de los rubros del recibo de haberes, para que no pasen desapercibidas deducciones de conceptos como los expuestos o similares.
Entendemos conveniente la misma precaución para los demás meses del año.
Advertimos que al pie de los recibos de haberes, la Caja de Jubilaciones ya no consigna la supuesta “deuda” ni la leyenda indicando que algunos beneficiarios “la mantienen”, por falta de aportes suspendidos por orden judicial.
Naturalmente, en toda controversia que se está dirimiendo en sede judicial, la modificación de una medida predeterminada solo es factible si emana del juzgado interviniente.
Agradeceremos que nos comuniquen cualquier novedad al respecto u otra que estimen corresponder en salvaguarda de sus derechos.