A continuación transcribimos los textos de dos notas presentadas por nuestra entidad a los directores de la Caja de Jubilaciones, reclamando el pago de lo que corresponde a los beneficiarios por pagos efectuados por el Banco de la Provincia de Buenos Ares a sus empleados.
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2010
Sres. Directores de la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires
De nuestra consideración:
Habiendo el Banco de la Provincia liquidado el día 22/12/10 a sus empleados el Sueldo Anual Complementario que ha incluido lo relativo al pago “compensatorio” de $ 1.800 abonado el 15/10/10, queda en consecuencia claramente demostrado que dicha compensación obedeció a resarcir el pobre porcentaje obtenido en las negociaciones paritarias del año.
Como habíamos señalado anteriormente, la inclusión de ese pago único de $ 1.800 debía mensualisarse a los efectos de la liquidación del SAC, criterio que el Banco adoptó al liquidar por ese concepto $ 150 ($1.800/12). De tal manera queda palmariamente demostrado que esa compensación es un reajuste mensual de haberes retroactivo a enero 2010.
Por lo tanto, como Asociación Civil con Personería Jurídica de Jubilados y Pensionados, venimos por la presente a solicitar que el Directorio de la Caja trate inmediatamente y apruebe el reajuste correspondiente para las prestaciones previsionales considerando ese monto mensual en relación a los haberes de los activos al 31/12/09.
Esperando que en cumplimiento de sus deberes de funcionarios públicos, ese cuerpo acceda a lo solicitado, los saludamos muy atentamente.
Grupo Siglo Asociación Civil de Jubilados y Pensionados
Juan Carlos Carballo Norberto Maintenu
Secretario Presidente.
Buenos Aires, de enero de 2011
Sres. Directores de la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires
De nuestra consideración:
Habiendo el Banco de la Provincia abonado a su personal la gratificación de fin de año a su personal, de $ 500 por coeficiente, venimos por la presente para que el Directorio de la Caja proceda a su traslado a las prestaciones previsionales.
Dicho pago de carácter de normal y habitual, ya que todos los años se procede a efectivizarlo, reviste por tal motivo el carácter de remunerativo y en consecuencia, de acuerdo a la ley vigente debe ser trasladado a Jubilados y Pensionados.
Si bien se trata de un pago único, el mismo debe ser mensualizado, representando una suma aproximada de $ 150 de incremento mensual por agente, lo cual también debe ser derivado a jubilaciones y pensiones.
Por lo tanto, como Asociación Civil con Personería Jurídica de Jubilados y Pensionados, venimos por la presente a solicitar que el Directorio de la Caja trate inmediatamente y apruebe el reajuste correspondiente para las prestaciones previsionales considerando ese monto mensual en relación a los haberes de los activos al 31/12/09.
Esperando que en cumplimiento de sus deberes de funcionarios públicos, ese cuerpo acceda a lo solicitado, los saludamos muy atentamente.
Grupo Siglo Asociación Civil de Jubilados y Pensionados