Continuamos recibiendo de parte de nuestros socios y demás colegas numerosas consultas respecto al monto que es posible obtener en función de la precalificación que hace el Banco. Se trata principalmente de la inquietud de muchos beneficiarios que, sobre la base de los parámetros de la línea, entienden que por sus ingresos anuales deberían contar con mejor calificación crediticia, accediendo a mayor monto del préstamo.
Por ello, hemos mantenido entrevistas con funcionarios de crédito del Banco a fin de aclarar la situación, analizando casos particulares en los que se evaluaron los ingresos y los montos de crédito resultantes según el sistema informático que precalifica, que a su vez está cargado con los parámetros que le suministra la Caja de Jubilaciones para cada afiliado.
La muy buena predisposición de los funcionarios en cuestión (haciendo consultas a otras dependencias del Banco y a autoridades administrativas de la Caja) ha permitido dilucidar un inconveniente que se viene reiterando: la ausencia de la R.E.S. en el cálculo de ingresos de los beneficiarios que la cobran semestralmente, no contemplando que 1/6 de la misma debería agregarse a la prestación mensual.
Cabe destacar que esta omisión también impacta en los límites de compra y financiación de las tarjetas de crédito, disminuyendo la disponibilidad de los jubilados afectados.
Felizmente, en esta oportunidad deseamos comunicarles que en la última reunión mantenida con los funcionarios de crédito del Banco, nos han informado que los inconvenientes en cuestión fueron superados, como podrán verificar Uds. consultando su precalificación personal.
Recordamos que la precalificación crediticia que brinda el sistema del Banco (visible por los cajeros Link o por el home banking BIP) antes del otorgamiento será sometida al mecanismo habitual de scoring por parte del oficial de crédito, que determinará el monto definitivo del préstamo.
En el mismo sentido, entendemos que los aumentos paritarios se reflejarán en la precalificación a partir del próximo mes, en función de los datos que la Caja informa al Banco respecto de los haberes previsionales incrementados.
Estimados colegas, no perdamos de vista que la razón original de este problema y otros más graves es la inequidad que resulta de la existencia en el mismo ente previsional de distintas clases de jubilados, porque habiéndonos retirado del Banco con la misma categoría escalafonaria pero en distintas épocas, percibimos prestaciones previsionales y formas de pago distintas, lo que claramente constituye discriminación entre iguales. La ley vigente rige para todos y no hace tal discriminación; la están haciendo los directores de la Caja con su incumplimiento flagrante de la misma.