Estados Contables de la Caja de Jubilaciones al 31/12/2010

Tras una dura lucha reclamando la reformulación de los Estados Contables de la Caja que incluyó el cuestionamiento a la falta de independencia del anterior Auditor Externo, la Caja ahora ha designado para esa función a un estudio contable, dándonos la razón (tardíamente) sobre que no podía auditar quien a su vez estaba en relación de dependencia del Banco (entidad que es acreedora o deudora de la Caja).

Según surge del Informe de la Sindicatura sobre los Estados Contables al 31/12/2010, el Directorio de la Caja contrató al Auditor Externo (finalizado el ejercicio 2010), por resolución 02/11 del 26 de enero de 2011 y este emitió su informe el 28 de marzo de 2011 (dos meses más tarde). Sobre esos Estados Contables y el Informe de los Auditores, que tiene una salvedad importante, nos vamos a referir detalladamente en otro u otros comunicados que emitiremos oportunamente.

Deseamos informar a todos los afiliados que hemos contactado al estudio contable auditor y ellos estuvieron de acuerdo en hacer una reunión con profesionales contables de nuestra Entidad en el ámbito de la Caja, incluyendo la presencia de autoridades de la misma, pero condicionando tal encuentro a la autorización previa (según esgrimen de origen contractual) de su contratante (la Caja).

Lamentablemente las autoridades de la Caja no autorizaron la reunión, por lo que no tuvimos la oportunidad de trasladar nuestras observaciones sobre los Estados Contables al 31/12/10 ni obtener las eventuales explicaciones de los nuevos auditores, quienes contaron con muy poco tiempo para efectuar su trabajo. Esta negativa y la eventual cláusula contractual que condiciona el accionar del Auditor Externo nos genera duda sobre su real independencia, pues pareciera que ni siquiera puede reunirse con los beneficiarios, dueños de la Caja y en algunos casos acreedores de la misma.

Cabe señalar como antecedente que los Estados Contables al 31/12/08, cuyo Informe de Sindicatura indicaba la eventual falta de independencia del Auditor Externo, habían sido objetados por un Director en representación de los Activos y por los Fideicomisarios en representación de los Activos. Esto último derivó en que fueran necesarias dos reuniones de los Fideicomisarios para aprobarlos, pero manteniéndose en la última la objeción de uno de esos representantes de los Activos.

Por el contrario, con nuevo Directorio y Cuerpo de Fideicomisarios, los Estados Contables al 31/12/2009 fueron aprobados por unanimidad sin objeciones; habiendo firmado el Informe de la Sindicatura el representante de los Activos Dr. Fernando Martín Tancredi, abogado con matrícula en C.A.D.J. Mercedes.

Para información de los afiliados queremos resaltar que los Estados Contables al 31 de diciembre de 2010 incorporan ajustes de ejercicios anteriores referidos a cobertura de déficits por parte de la Provincia.  Dicha cobertura del déficit, que marcaba la LEY, nuestra Entidad la venía reclamando desde que se formularon los Estados Contables del 2008 y fue una de las razones para aquellos que objetaron los mismos en el seno de la Caja y para nosotros que veníamos cuestionándolos ya con anterioridad.

Quisiéramos que reflexionaran aquellos que desoyendo nuestros reclamos para que no se aprobaran los Estados Contables como estaban formulados, lo hicieron y todavía hasta sacaron comunicados diciendo que estaban bien. Alguno de ellos, contradiciéndose, lo aprueban ahora con CAMBIOS RESPECTO A LO EXPUESTO EN EL 2008 Y 2009 Y UN PATRIMONIO SIGNIFICATIVAMENTE MAYOR.

Merecerían los beneficiarios una explicación del Síndico, representante de los Afiliados Activos, que efectuó el Informe tanto en el 2009, diciendo que los Estados Contables presentaban razonablemente en sus aspectos significativos la situación Patrimonial de la Caja como ahora en el 2010, ignorando, aparentemente, la enorme diferencia patrimonial indicada.   Entendemos que no puede esgrimir como excusa que es Abogado, ya que como tal tendría que tener más clara la Ley y lo que determina al respecto y podría asimismo haberse hecho eco de lo que reclamaba nuestra Entidad, así como también lo que había expuesto el Sindico anterior sobre la independencia del auditor externo, que en su caso avaló.

Si lamentablemente nuestros representantes en el Directorio de la Caja aprobaron esos Estados Contables anteriores y el Síndico, que es también en definitiva representante de los Beneficiarios, no puso ninguna objeción, los afiliados deben ser quienes juzguen y consideren si actuaron correctamente o incumplieron sus deberes, ya que ahora solo por obra de la nueva administración de la Caja o del nuevo Auditor Externo se intentan recuperar 68 Millones de Pesos para el Patrimonio de la Caja.

No obstante ello consideramos que todavía quedan observaciones importantes sobre los Estados Contables al 31/12/10 que daremos a conocer oportunamente, las que a nuestro entender merecen aclaraciones por parte de las autoridades de la Caja y del Auditor Externo y, eventualmente, las correcciones correspondientes.

Se está a tiempo para que aquellos que, siendo funcionarios de la Caja formularon los Estados Contables, Profesionales externos que actuaron como Auditores, Directores que los avalaron o Fideicomisarios que aprobaron los mismos, si hubo omisiones u errores los reconozcan y administrativamente se solucionen.

 ¿Por qué son importantes los Estados Contables?

Como introducción de las observaciones que haremos sobre los distintos elementos que componen los Estados Contables de la Caja de Jubilaciones al 31/12/2010, deseamos que todos los beneficiarios tomen conciencia de la importancia que los mismos reflejen correctamente el Patrimonio así como también los recursos y gastos.

Decimos esto porque hasta ahora, por diversas causas que no aceptamos, se presenta a nuestra Caja como una entidad con abultado déficit, sin los recursos que le corresponden y con deficiencia de patrimonio.

No les resultará difícil comprender que, de persistir esta situación, será campo fértil para aquellos cuyo objetivo es liquidar nuestra Caja, y sacarse de encima a los beneficiarios que la han sostenido hasta ahora.

Nuestras observaciones desde el punto de vista técnico.

MEMORIA: La firma el Directorio de la Caja y está dirigida a los Fideicomisarios que son los que en definitiva aprueban los Estados Contables (EC), pero resulta de sumo interés para los beneficiarios.

Contrariamente a lo que consignaban en los EC al 31/12/2009, en esta oportunidad no dicen “Durante el período, de acuerdo a lo establecido en la ley orgánica, se han cumplido las prestaciones previsionales pertinentes en todos sus aspectos.”, pues estarían reiterando algo que la realidad lo desmiente, y sin ir más lejos todos los incrementos que no otorgaron, como por ejemplo los Pesos Un Mil Ochocientos que cobraron los Activos en octubre 2010 descontándoles los aportes.

Adecuándose a la realidad dicen ahora: “Se han abonado puntualmente los haberes previsionales”, lo cual no indica que lo hayan hecho correctamente.

Se informa que el déficit de la Caja alcanzó la suma de $ 522 Millones no entendiéndose ello ya que del Estado de Resultados surge que el mismo fue de $ 499 Millones.  Se podría llegar a presumir que cuando se redactó la Memoria ese era el déficit y luego lo redujeron o que en realidad lo que expresa el Estado de Resultados es $ 23 Millones menor al real.  Debe aclararlo la Caja.

Siendo la Memoria una fuente de información no se consigna nada respecto a que se elevó considerablemente la dotación del personal de la Caja, siendo importante conocer cuántas personas había al 31/12/2009 y cuántas hay ahora, y si por ejemplo hubo concurso para el ingreso.  El anexo V Gastos de Explotación nos señala que hubo un crecimiento del 42% en los sueldos.

Se reconoce que la Provincia debe cancelar la Deuda con el Banco aunque se intenta colocar a la Caja como intermediario de ello cuando ésta solo debe recibir la cobertura de su déficit por parte de la Provincia o del Banco (por cuenta y orden de esta) como SUBSIDIO, que por supuesto no genera deuda ni debe ser devuelto.

Se comunica la dotación del Banco aportante a la Caja pero se omite lo más trascendente que es cuáles son las remuneraciones con aportes y sin aportes de esa dotación.   Deberían informar ese dato ya que es el único que permite controlar si los aportes y contribuciones son depositados correctamente por el Banco.   En caso que no se tuviera esa información sería grave porque estaríamos en presencia de una falta de control sobre los principales recursos de la Caja.  La Administración de la Caja –si los tiene- debe suministrar los datos faltantes.

Se informa de un plan de regularización de ¿deudas previsionales? por aportes a cargo del beneficiario, señalándose una resolución 93/2010 sin fecha exacta de la misma teniendo en cuenta la controversial resolución que se invocó en las cartas documentos remitidas a algunos afiliados.

Por el contrario, no se mencionan los miles de reclamos por el incremento paritario (enero-febrero 2010) impago, los $ 1.800 no liquidados y fundamentalmente los miles de reclamos por la incorrecta aplicación del porcentaje del 10,82% para el  “Aporte del Beneficiario” desde diciembre 2008.

Lamentablemente como cierre de la Memoria se expresa en negritas: “…, posibilitando el pago de la totalidad de las prestaciones previsionales a su cargo.” lo cual a la luz de los reclamos y juicios cada vez más numerosos esta aseveración aparece totalmente alejada de la realidad.

ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL – ACTIVO CORRIENTE

Créditos por Aportes y Beneficios: Para analizar lo más importante de este ítem tenemos que remitirnos a la Nota 3.2 a los Estados Contables donde se advierte que $ 2,88 Millones corresponden a “Aportes a Ingresar de la Provincia de Buenos Aires”,  debiéndose aclarar el motivo real de este crédito.

El segundo componente son “Aportes a Cobrar” por $ 1,51 Millones sin indicarse quiénes los deben.

También se incluye dentro de este rubro “Deudores por Beneficios”  por 0.66 Millones que ante la falta de más aclaración nos puede llevar a presumir que se pagaron incorrectamente Beneficios.

Otro componente es “Deudores por Aportes en situación de Amparos” por $ 0,15 Millones que son reclamados por la Caja según llamada (*) que figura agregada y ante la falta de aclaración sobre qué monto corresponde a juicios terminados y cuántos a en curso, así como también qué monto corresponde a acuerdos firmados por los beneficiarios, se puede presumir razonablemente que este rubro merecería como mínimo una previsión en cuanto al monto real del crédito que se cobrará, con el agravante que una buena parte de los Aportes reclamados están calculados al 10,82% cuando en realidad corresponde el 10% y la diferencia es reclamada por los beneficiarios.

NO EXISTE UN RUBRO QUE CONSIGNE EL CRÉDITO MILLONARIO QUE SE TIENE SOBRE EL BANCO POR CONTRIBUCIONES Y APORTES NO DEPOSITADOS DE ACUERDO AL ART. 22 DE LA LEY, que indica que deben hacerse Contribuciones y Aportes sobre el total de las remuneraciones, es decir lo blanco, lo negro y lo gris. 

 Otros Créditos: En este caso hay que remitirse a las NEC 3.4 y 7 para poder evaluar el rubro que por un monto de $ 185,10 Millones corresponde totalmente a “Ministerio de Economía de la Provincia – Art. 71º” y se relaciona con el Déficit de la Caja no cubierto por la Provincia en  2008, 2009 y 2010.

Entendemos que se ha omitido intencionadamente la referencia al Artículo 21º Inciso J) de la ley, que se encuentra dentro del capítulo RECURSOS  de la Caja.

Por otra parte reiteramos lo sostenido desde siempre en cuanto a que la cobertura del Déficit de la Caja por el Convenio 400 o por disposición de la ley 13.364 en el artículo omitido de mencionar (que no se correlaciona con una partida en el Presupuesto Provincial de los años citados) no debe ser considerado como deuda para la Caja ya que es un SUBSIDIO y, como tal, no debe devolverse.

En tal caso la cobertura del déficit se efectuó y, por ende, si hay deuda es de la Provincia (obligada) con su agente financiero (Banco Provincia). Corresponde por ley que la Provincia cubra totalmente el déficit y esa cobertura debe figurar como RECURSO.

ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL – ACTIVO NO CORRIENTE

Créditos por Aportes y Beneficios: Según NEC 3.5 todo el rubro de $ 18,95 Millones lo compone “Deudores por Aportes en situación de Amparos”, teniendo en este caso una pequeña previsión por incobrabilidad, pero sin las aclaraciones que mencionamos en este mismo ítem del Activo Corriente.

Debe señalarse que desde diciembre 2008 estos Aportes son calculados erróneamente al 10,82% dado que la ley establece el 10%, que mucho de lo reclamado está en proceso de juicio, lo que en definitiva, al margen de las aclaraciones necesarias, nos hace presumir que el monto consignado es mayor al que eventualmente la Caja podría recuperar.

NO EXISTE UN RUBRO QUE CONSIGNE EL CREDITO MILLONARIO POR LOS AÑOS 2008 Y 2009 QUE SE TIENE SOBRE EL BANCO POR CONTRIBUCIONES Y APORTES NO DEPOSITADOS DE ACUERDO AL ART. 22 DE LA LEY, que indica que deben hacerse Contribuciones y Aportes sobre el total de las remuneraciones, es decir lo blanco, lo negro y lo gris. 

Inversiones: Nos tenemos que remitir a los Anexos I y II y al margen del crecimiento del Valor Patrimonial Proporcional de la Inversión en Provincia Seguros SA nos llama la atención un Ajuste de Ejercicios Anteriores en la depreciación del Inmueble de Carlos Pelegrini 71 por $ 1,8 Millones, lo que indicaría que anteriormente se estaba efectuando mal la amortización.

Como información relevante debemos consignar que Provincia Seguros SA -cuyo 40% pertenece a la Caja- tiene un Patrimonio de $ 241,8 Millones y tuvo una utilidad en el último ejercicio de $ 51,5 Millones

Marca Provincia Seguros: Teniendo en cuenta las últimas cifras consignadas en el Rubro anterior merecen los Beneficiarios de la Caja que quienes formularon los Estados Contables, los auditaron, avalaron y en definitiva los aprobaron ACLAREN DÓNDE ESTÁ CONSIGNADO EL VALOR DE LA MARCA “PROVINCIA SEGUROS”, que es propiedad de la Caja y desde hace muchos años es utilizada gratuitamente por Provincia Seguros SA.      Esperamos respuestas.

ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL – PASIVO CORRIENTE

Compromisos con Afiliados;  Del detalle que surge de NEC 3.6 nos llama la atención los siguientes componentes: “Provisión retroactivos por trámites en curso” de $ 3,56 Millones y “Acreedores por Sentencias Judiciales” por $ 6,60 Millones, que no aparecen en el Ejercicio cerrado al 31/12/09 por lo cual se podría llegar a presumir que en tal caso hubo una omisión.   Al margen de ello resulta necesario conocer cuáles eran los trámites en curso que podrían generar retroactivos y en el segundo caso si los acreedores por sentencias judiciales se corresponden con aquellos que la Caja acordó el pago en 20 cuotas.   Asimismo sería interesante conocer qué pasó con los honorarios de los abogados patrocinantes, si en ese caso se pagaron en efectivo o en menos cuotas.

Entendemos que no se han incluido en este rubro provisión alguna por los reclamos de los beneficiarios en cuanto a los pagos no efectuados (incrementos paritarios, $ 1.800, etc.) o la devolución de lo descontado de más por Aporte del Beneficiario desde diciembre 2008 que sumarían muchos Millones de Pesos.   La Caja puede aclarar este interrogante.

Adelantos Financieros: Este rubro lo referencian a las NEC 3.7 -que nos remite a la NEC 5.b- y 7, extrayéndose de las dos primeras notas que está constituido totalmente por “Adelantos de contribuciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires” por $ 191, 53 Millones y que serán cancelados con fondos a ser percibidos de la Provincia de Buenos Aires para cancelar déficit de la Entidad, omitiéndose nuevamente –intencionadamente- mencionar al artículo 21 inciso j) del Capítulo RECURSOS de la ley 13.364 (modificado por ley 13.873).

La única razón por la cual el Banco (agente financiero de la Provincia) tuvo que adelantar fondos es porque la Provincia no cubrió el déficit, y en tal caso debieran haber sido por cuenta y orden de ésta y no generar ninguna deuda ya que la Caja debe recibir SUBSIDIOS.

Objetamos esta deuda ya que se podría haber reflejado la provisión de fondos del Banco por orden de la Provincia con cuentas de orden o indicándolo en una nota a los Estados Contables sin que se exponga deuda de la Caja y el eventual Crédito hacia la Provincia.  REITERAMOS QUE LA CAJA -POR LEY- DEBE RECIBIR SUBSIDIOS QUE SON INGRESOS, ESTABLECIDOS DENTRO DE SUS RECURSOS.  LOS SUBSIDIOS NO GENERAN DEUDA.

ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL – PASIVO  NO CORRIENTE

Adelantos Financieros: Este ítem se referencia con las NEC 3.12 y 5.a de donde surge que está compuesto totalmente por “Contribuciones extraordinarias del Banco de la Provincia de Buenos Aires” por $ 10,87 Millones de Pesos y que serían un saldo de las contribuciones extraordinarias que habría hecho el Banco por $ 13,80 Millones entre los años 1994 y 1997.

Cabe señalar que habiendo sido contribuciones extraordinarias (que la carta orgánica del Banco y la ley vigente en esos años posibilitaban que se contribuyera con utilidades para solventar el déficit de la Caja) no parece que tuviera que devolverse esos fondos brindados a la Caja.  Ya en observaciones de Estados Contables anteriores lo señalamos y debería irse a la fuente de las actas del Directorio del Banco para ver el concepto por el que se allegó fondos a la Caja.  Tenemos dudas que se tuvieran que devolver esas “Contribuciones Extraordinarias” y la Caja debería exponer más claramente el origen de la deuda al margen del convenio que luego se firmo como cobertura de la misma.

Previsión para Contingencias: Para ver la conformación de este rubro de $ 17,62 Millones nos referencian al Anexo IV de los EC donde observamos está integrado por “Previsión para contingencias eventuales y juicios en curso” con un incremento durante el ejercicio de $ 16,96 Millones lo que indica a priori que en los ejercicios anteriores no se había previsionado como correspondía (solo había $ 0,66 Millones) o ahora la tendencia es que se perderían los juicios en curso.

Por otra parte, el extraordinario incremento de la Previsión, no haría otra cosa que confirmar que la Caja (el Directorio, su administración o auditoría externa) es más consciente que está incumpliendo la Ley y por ende se debe cubrir la posibilidad de pagar nuevos juicios con retroactivos.

Omiten referenciar a la nota 2.2 donde se habla de 2.000 actores de causas judiciales, lo que indica una previsión (si fuera toda para juicios) de solo $ 8.500 por afiliado que parece totalmente insuficiente.  Se desconoce cuánto sería lo  previsionado para contingencias eventuales.

De cualquier manera se estima que la Previsión todavía es reducida ya que solamente la devolución de lo retenido indebidamente por Aporte del Beneficiario (0,82% de las prestaciones desde diciembre 2008) involucraría la mayor parte del monto total previsionado y existen otros reclamos trascendentes además de las causas en trámite.

ESTADO DE RECURSOS Y GASTOS – RECURSOS

Ingresos por Aportes y Contribuciones: Para poder analizar la conformación tenemos que ver el contenido de la NEC 4.1, que nos indica que solo tres conceptos componen este rubro y son Aportes del Personal, Aportes de Beneficiarios y Contribuciones del Banco de la Pcia. de Bs. As. lo cual ya se nos presenta en principio un problema de exposición.

Si nos guiamos por lo que marca la ley 13.873 que modificó el artículo 21 de la ley 13.364 y le agregó el artículo 21 Bis y la propia ley 13.364 en su TITULO III REGIMEN FINANCIERO CAPITULO I RECURSOS, que incluye los artículos antes mencionados, los componentes van de la a) hasta la k) es decir que son Once (11) los recursos que deben considerarse.

De tal forma en el Estado de Recursos debería detallarse cada uno de ellos lo cual contribuiría a que todos podamos tomar conocimiento respecto si se cumple cabalmente con la ley y la Caja recibe lo que le corresponde.   Por ello vamos a presentar cómo tendrían que exponerse los recursos (según consigna la ley) y las dudas que tenemos con lo explicitado en este Estado de Recursos de los EC al 31/12/10.

a) La contribución obligatoria del dieciséis (16) por ciento a cargo del Banco sobre las remuneraciones que integran el haber del empleado, conforme al artículo 22°.

Al margen que resultaría necesario que la Caja exponga cuál es el monto de este ítem, tenemos la presunción razonable que el Banco no ha efectuado las contribuciones de acuerdo al artículo 22º ES DECIR SOBRE EL TOTAL DE LAS REMUNERACIONES DE SUS EMPLEADOS.   PARA QUE NO QUEDE NINGUNA DUDA EXPONEMOS A CONTINUACIÓN EL ARTÍCULO 22º DE LA LEY:

 ARTÍCULO 22.- (Texto según Ley 13873) Los aportes personales y contribuciones a que se refieren los artículos anteriores, se efectuarán sobre la totalidad de las remuneraciones percibidas por cada empleado. Se considerará remuneración a todos los efectos de esta Ley, los sueldos percibidos por cada agente de acuerdo a la respectiva categoría de revista conforme consignen los respectivos escalafones aprobados por el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

 b) La suma que el Banco destine anualmente a la Caja de sus utilidades líquidas. El Directorio del Banco de la Provincia de Buenos Aires queda facultado para disponer de las mismas en tanto resulte necesario para cubrir eventuales desequilibrios financieros entre ingresos y egresos por pago de prestaciones

El Banco ha dispuesto sumas para cubrir desequilibrios financieros como se reconoce en la NEC 5.b pero la Caja no expone esos fondos en este rubro, y ni siquiera aclara que en tal caso no recibió nada por el concepto señalado en la ley.

c) El aporte personal del catorce (14) por ciento, a cargo de los afiliados activos sobre las remuneraciones sujetas a aportes de acuerdo al artículo 22°.

Al margen que resultaría necesario que la Caja exponga cuál es el monto real de este ítem, tenemos la certeza que el Banco no ha efectuado las retenciones de estos aportes y por ende la presunción razonable que tampoco su depósito en la Caja de acuerdo al artículo 22º ES DECIR SOBRE EL TOTAL DE LAS REMUNERACIONES DE SUS EMPLEADOS.  

d) El aporte personal del diez (10) por ciento el que podrá ser elevado por el Directorio de la Caja hasta el doce (12) por ciento, a cargo de los jubilados y pensionados sobre sus haberes previsionales.

Este aporte podrá ser reducido por el Directorio de la Caja hasta el dos (2) por ciento siempre que el resultado operativo financiero de la Caja sea superavitario.

El monto que se expone por este ítem en principio está sobrevaluado por la retención del 10,82% en vez del 10%, no habiéndose demostrado que hubiera después del 01/12/2008 una resolución del Directorio de la Caja que haya resuelto fijar el Aporte Personal en el 10,82%.

Por otra parte debería ser aclarado por la Caja cuál es la composición ya que entendemos que el mismo comprendería además de los aportes de aquellos que se le retienen indebidamente el porcentaje antes citado, los aportes de solamente el 2% (en ciertos casos) y aquellos al 10,82% que no se retienen por medida cautelar pero figuran como crédito; estando la mayoría en litigio.

e) El importe del primer mes de sueldo asignado al personal a su ingreso al Banco el que podrá ser abonado en veinte (20) mensualidades equivalentes a la vigésima parte del haber de la categoría con la cual se ingresa, vigente a la fecha de cada pago.

La Caja no expone el monto de este Recurso.

f) El importe de la diferencia resultante de cada aumento general, a cargo de activos y pasivos.

Tampoco se detallan los montos de ingresos por estos conceptos.

g) El importe de la primera diferencia resultante en la remuneración, cuando el empleado pase a revistar en ascenso o se le reubique escalafonariamente.

No se indica cuánto fue el monto depositado en la Caja durante 2010 por este concepto.

h) Los intereses, beneficios o dividendos procedentes de sus inversiones

No se habrían cobrado dividendos (según NEC 2.2.a) por la participación en Provincia Seguros SA pese a su importante utilidad.

i) Las contribuciones y donaciones que se hicieren a la Caja.

 No surge que hubiera habido ingresos por este concepto.

j) Los recursos que anualmente se asignen en la respectiva Ley de presupuesto provincial, a los efectos de garantizar el cumplimiento de las finalidades de esta Ley, atendiendo el déficit de ingresos y egresos de acuerdo al cálculo de recursos de la Caja.

De acuerdo a este inciso se deberían haber registrado y expuestos como RECURSOS, en el Estado de Recursos y Gastos de la Caja, las coberturas que efectuaron la Provincia o su agente financiero el Banco de la Provincia de Bs. As. (por cuenta y orden de la misma) a los efectos de paliar el déficit o que se reclamará para cubrir totalmente el del ejercicio 2010.

De tal forma no se presentaría a la Caja con un abultado déficit, que en realidad es cubierto o debe serlo con SUBSIDIO por parte de la Provincia de Buenos Aires.   Esos fondos derivados del mismo EQUILIBRAN el déficit entre ingresos y egresos no debiéndose exponer por lo tanto el Resultado del Ejercicio como PÉRDIDA.

Para ilustrar a todos los afiliados y aquellos que formulan, auditan, avalan y aprueban los Estados Contables de la misma debemos hacer referencia a aquellas empresas, fundamentalmente de servicios, que reciben SUBSIDIOS.   Así nos encontramos -por ejemplo- con “METROVIAS”, AUDITADA por  el reconocido estudio contable PRICE  WATERHOUSE & CO donde se constata que los SUBSIDIOS son incorporados en su ESTADO DE RESULTADOS y contribuyen básicamente a su GANANCIA final.

Seguramente esto es de conocimiento por los menos de los profesionales que intervinieron en todo el proceso que termina con la aprobación de los Estados Contables de la Caja, aunque debería serlo también de los Directores de la Caja, la Sindicatura y el Cuerpo de Fideicomisarios. Por ende les pedimos nuevamente -ya lo hicimos sobre ejercicios anteriores- que incluyan los fondos que suministra directa o indirectamente la Provincia a los efectos de la cobertura del déficit dentro del Estado de Recursos y Gastos de la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Pcia. de Bs. As como lo marca las leyes 13.364 y 13.873 y las prácticas contables.  Y por supuesto que le den tratamiento de lo que son, SUBSIDIOS.

k) Los activos que a la fecha de sanción de la presente, formen parte del Capital Social y Solidario de la Caja.

Al margen del Resultado de Inversiones Permanentes $ 20,65 Millones que se corresponde con la variación en el Valor Patrimonial Proporcional de la participación (40%) en Provincia Seguros SA, que en definitiva debería haberse mostrado como prácticamente la utilidad del ejercicio, debemos señalar dos hechos trascendentes que tienen incidencia con este ítem por derivarse de activos de la Caja.

Así tenemos que se expone, según NEC 4.2, que los Alquileres por el Inmueble de Carlos Pelegrini 71 CABA que utiliza Provincia Seguros SA sumaron en el año solamente $ 1, 71 Millones lo cual aparece como bajo dada la superficie y ubicación de la propiedad.   Debe exponerse las razones de este valor.

Por otra parte, nos resulta sumamente preocupante, y antes ya lo hemos señalado, que no figure ningún ingreso por la utilización de la MARCA PROVINCIA SEGUROS, propiedad de la Caja  y que por ende surge que es utilizada gratuitamente por la sociedad en que la Caja mantiene – por nuestra perseverancia- el 40% de su capital.   Las autoridades de la Caja deben dar explicaciones.

Artículo 21º Bis: El Banco realizará una contribución adicional a la indicada en el inciso a) del artículo 21º de la presente Ley, del siete (7) por ciento sobre las remuneraciones que integran el haber del empleado, conforme al artículo 22º, siempre que el resultado operativo financiero de la Caja sea deficitario.

La Caja no expone esta Contribución Adicional por lo cual tenemos la duda si ha sido efectuada.   Las Autoridades de la Caja deben informar cuál sería el monto de la misma que, en tal caso, probablemente no se habría hecho conforme al artículo 22º, sobre el total de las remuneraciones.

ESTADO DE RECURSOS Y GASTOS – GASTOS

Gastos Específicos: Dentro de este concepto se incluye el principal gasto de la Caja que son “Beneficios de Ley Devengados” por $ 1.230,74 Millones que comprenden en realidad todas las prestaciones previsionales pagadas y a pagar correspondientes al año 2010.

Este ítem está subvaluado dado que no han incluido, por ejemplo, los ajustes correspondientes en las prestaciones por el incremento paritario de enero y febrero de 2010 no pagado, por los pagos en negro habidos desde enero a junio 2010 y  por los $ 1.800 abonados a los activos en octubre 2010; sin olvidarnos de los miles de juicios que persiguen la actualización y reajuste de los haberes.  Cabe señalar que la NEC 4.3 que detalla su composición no incluye Previsión.

Otro componente son los “Gastos Legales y Honorarios por Juicios” por $ 0,42 Millones que se referencian con la NEC 4.5 y Anexo V y que en el 2009 significaron $ 4,04 Millones.  En este ítem tampoco se incluye Previsión pese a los juicios en curso que podrían significar otros Millones de Pesos como honorarios.

Gastos Generales de Administración: por $ 5,45 Millones que se referencian al Anexo V donde se aprecia que el principal componente en este año son los sueldos por $ 3,77 Millones con un crecimiento respecto del 2009 del 42%, y las cargas sociales por $ 0,72 millones crecieron un 46%..

Debe señalarse que, como ya se comentara en el Pasivo No Corriente, en el ejercicio 2010 se constituyó (según Anexo IV- Aumentos del Ejercicio) una Previsión para Contingencias y Juicios en Curso de $ 16,96 Millones  que no podemos observar expuesta dentro del Estado de Recursos y Gastos.

ESTADO DE RECURSOS Y GASTOS – OTROS INGRESOS

Resultado de Inversiones Permanentes y otros: se detalla en NEC 4.6 y está compuesto básicamente por “Resultado Inversiones Permanentes Provincia Seguros SA” por $ 20,62 Millones con una referencia concreta en Anexo I   De dicho anexo surge claramente que este resultado importante obedece a la Valoración Patrimonial de esa Sociedad; que por la lucha de nuestra Entidad la Caja ha podido mantener el 40% de participación..

Ingreso de Rentas por Inversiones: Según surge de la NEC 4.2 el componente esencial son los “Alquileres de Edificio Carlos Pellegrini 71  CABA” que se expone por $ 1,62 Millones.  Como ya mencionamos en anteriores comunicados nos parecen bajos los ingresos dada la superficie y ubicación.   Más refuerza ello, si tenemos en cuenta que los Gastos de Explotación de los inmuebles destinados a la Renta”  significan $ 0,36 Millones, importe que disminuye  esos ingresos.

RESULTADO NETO DEL EJERCICIO

Se expone una Pérdida de $ 499, 63 Millones, que como ya se dijo oportunamente no coincide con lo expuesto en la Memoria de los Estados Contables.   Asimismo cabe reiterar, que si se considerara como corresponde por Ley  dentro de RECURSOS los fondos (subsidios) que contribuye la Provincia para absorber el déficit, este quebranto no surgiría del Estado de Recursos y Gastos de la Caja ya que la posición quedaría equilibrada, y eventualmente con utilidad por inversiones.

Todos los involucrados en la confección, validación y aprobación de dichos estados contables deben examinar está circunstancia y proceder a corregirla, teniendo en cuenta lo comentado de otros entes que reciben subsidios y lo exponen como Ingresos.

ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO.

Se observa que se modifican  los saldos del Patrimonio al 31/12/09, primero con la eliminación del “Fondo de Actualización de Bienes” cuyo monto pasa a “Fondos de Acumulación”.

En segundo lugar se consigna un “Ajuste de Resultados de Ejercicios Anteriores” (AREA) Negativo por $ 22,17 Millones que se detrae del “Fondo de Acumulación”, según NEC 6.a. y que incluye la Previsión para Contingencias – Juicios en Curso de $ 16,96 Millones, que según el Anexo IV correspondía a un aumento del ejercicio.

Pero cuando observamos la mencionada Nota a los Estados Contables nos sorprendemos porque el “Total Ajuste Resultados de Ejercicios Anteriores” del monto antes señalado figura como Positivo; dado que se consignan  invertidos los signos de los parciales.     La Caja debe aclarar esto.

En tercer lugar se modifican los saldos al 31/12/09 con un “Devengamiento  Déficit Operativo año 2009”  por $ 68,05 Millones que se consigna como AREA de un creado rubro designado como “Fondos Pendientes de Integración”·.

Este ajuste se referencia a la NEC 6.c donde se consigna que se ha reconocidonuestra Entidad lo venía reclamandolo pendiente de aportar por la Provincia de Buenos Aires del déficit de la Caja; pero a nuestro entender hay dos equivocaciones en la nota.  La primera que se habla del déficit del 2009, cuando en la NEC 7 DEFICIT FINANCIERO se explicita “Déficit Operativo Real año 2009 y diciembre 2008”; siendo la segunda que este ajuste es de acuerdo a lo previsto por Artículo 71 de la ley 13.364; cuando en realidad no se quiere reconocer que es en base al Artículo 21 inciso j) del Capítulo RECURSOS de la citada ley.    La administración de la Caja tiene la palabra.

En definitiva el Patrimonio consignado en los EC al 31/12/2009, aprobados por unanimidad por los Fideicomisarios, tras tener validación por el actual Síndico y el Directorio de la Caja pasa de $ 25,17 Millones a $ 71,06 Millones.

Resulta trascendente destacar que mediante el concepto “Aportes de la Tesorería de la Provincia de Buenos Aires”  (sin la necesaria referencia a la NEC 7) se incorporan al Patrimonio de la Caja los Aportes de la Provincia efectuados para cubrir Déficit de la Caja del 2010 por $ 405,40 Millones, que ¿ingresan? al “Fondo de Acumulación”  y los Pendientes de Integración por la Provincia del año 2010 por  $ 117,04 Millones que se exponen en el fondo del mismo nombre; que en definitiva acumula un saldo de $ 185,10 Millones que la Provincia debe suministrar a la Caja según la forma que ha contabilizado la Caja estos aportes previstos por el Artículo 21 inciso j) de la ley.

Nosotros entendemos (dando fundamentos) y venimos reclamando, que como corresponde esos fondos deben consignarse como RECURSOS en el ESTADO DE RECURSOS Y GASTOS.  Nuevamente se pide que se reflexione sobre esto porque, la maniobra expuesta anteriormente solo trata de desvirtuar la realidad para MOSTRAR SIGNIFICATIVO QUEBRANTO, que luego se compensa con el ingreso directo por el Estado de Evolución del Patrimonio Neto.

Es importante señalar que se exhibe una “Pérdida del Ejercicio 2010” de $ 499, 63 Millones, que difiere con lo consignado en MEMORIA, y un PATRIMONIO de $ 93,87 Millones que no tiene nada que ver con el expuesto al 31/12/2009 de solamente $ 25,17 Millones, en lo cual nuestra Entidad tiene que ver por sus reclamos; y la administración, el Directorio de la Caja, los Fideicomisarios y el Sindico le deben a todos los afiliados las explicaciones del caso.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES (NEC)

Se han omitido notas o explicaciones en las mismas, pero resulta sumamente significativo que –vaya saber con qué intenciones- no se mencione la existencia del convenio 400 entre la Nación y la Provincia, por la cual esta última recibe fondos de la primera para solventar las Cajas Previsionales (la nuestra) con déficit.  

Expondremos consideraciones que nos merecen algunas notas expuestas, sobre las cuales tenemos observaciones o nos parecen de interés para los afiliados.

Nota 1.2 Estimaciones Contables: Reconocen que la “Dirección y las gerencias de la Entidad” han realizado evaluaciones y estimaciones que impactan sobre los Estados Contables, por ejemplo sobre los “beneficios retroactivos a pagar”. Al final de la nota se consigna: “…, los resultados reales futuros pueden llegar a diferir de las evaluaciones y estimaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.”

Mucho de lo expuesto en nuestra evaluación tiene que ver con lo que se afirma en esta nota.

Nota 2.2. a): Durante los años 2009 y 2010 Provincia Seguros SA no ha pagado dividendos.

Nota 2.2.c): Se refiere a los inmuebles que tiene la Caja, especialmente el de Carlos Pellegrini 71 CABA (alquilado a Provincia Seguros SA) haciendo referencia erróneamente al Anexo III (Bienes de Uso).  Del Anexo II (Inmuebles destinados a la Renta) surge un Ajuste del Resultado de Ejercicios Anteriores por Depreciación de $ 1,82 Millones sin explicar el motivo de ello.

Nota 2.6 Patrimonio Neto – Fondo de Acumulación: Notifican que se incluye (sin explicar el motivo) “los aportes de la Provincia de Buenos Aires en concepto de partidas presupuestarias, cobrados y/o devengados, necesarios para cubrir el déficit…”

Se desconoce, o omiten decirlo, que en los Presupuestos Provinciales 2009 y 2010 no hubo partida específica para cubrir el Déficit de la Caja. 

Asimismo no reconocen que estos fondos deben ser incluidos en el Estado de Recursos y Gastos como RECURSOS, de acuerdo a lo que determina la ley vigente de la Caja.

Nota 2.8 Previsión para contingencias y juicios en curso: Consideramos que debe haber un error en la cantidad de causas judiciales que parecen muy pocas con relación a los 2.000 actores que se señalan.  En esta nota se debería consignar los miles de reclamos administrativos que ha recibido la Caja y por ende deberían cuantificar y considerar los montos significativos que implican.

Nota 3.5 Créditos por Aportes y Beneficios – no corrientes: Se debería informar cuantos beneficiarios se acogieron al plan de regularización y asimismo que a la mayoría de los intimados por carta documento están en litigio con la Caja, incluyendo el ítem reclamado; que por otro lado la Caja está aplicando por sobre el porcentaje fijado por la Ley.   Esto no lo tuvieron en cuenta quienes formularon los Estados Contables ni quienes los auditaron; y menos quienes los aprobaron.

Nota 4.1 Ingresos por Aportes y Contribuciones: Debería haberse detallado como marca la ley.

Nota 5.b Adelantos transitorios de Contribuciones: Se intenta en esta nota modificar los ingresos de fondos para cubrir déficit, que hubiera efectuado el Banco por cuenta y orden de la Provincia, en un adelanto de contribuciones.   Por ley la Provincia debe cubrir el déficit, según el artículo 21º inciso j) y no como se menciona; no generándose por esos fondos ninguna deuda de la Caja.

Nota 6.a Ajuste Resultado de Ejercicios Anteriores: Estarían invertidos los signos de los montos.

Nota 6.c Ajustes al Patrimonio Inicial – Fondos Pendientes de Integración: Se omite art. 21º j

Nota 7 DEFICIT FINANCIERO: Se consigna que el déficit operativo financiero deberá ser cubierto por la Provincia de Buenos Aires mediante aportes que permitan mantener el equilibrio entre los ingresos (aportes y contribuciones) y los egresos por prestaciones y demás gastos.   Todos los conceptos señalados en esta nota, precisamente están en el Estado de Recursos y Gastos de la Caja, que evidentemente debe ser equilibrado por los aportes de la Provincia, que como marcan las leyes 13.364 y 13.873 son INGRESOS, con tratamiento de subsidio y no generan deuda.

Nota 8 Hechos Posteriores al Cierre del Ejercicio: Entendemos que durante el ejercicio y con posterioridad hubieron hechos no tenidos en cuenta que pueden afectar el resultado del ejercicio.

INFORME DE LOS AUDITORES

Lo suscribe el Dr. Rubén Osvaldo Mosi -socio de Mosi, Isso & Asociados SC- con fecha 29 de marzo de 2011; habiéndose contratado este Estudio Contable mediante Resolución Nº 02/11 del 26 de enero de 2011 dictada por el H.D. de la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Pcia. de Bs. As., según se consigna en el INFORME DE LA SINDICATURA..

Es decir que la contratación se efectuó después que se cerrara el ejercicio que se audita, con lo cual parece un corto plazo el que se tuvo para tomar conocimiento cabal de un ente muy particular, con su problemática y los antecedentes sobre los Estados Contables de años anteriores.

En el punto 2 el Informe explica que “Una auditoría, también comprende una evaluación de las normas contables aplicadas y de las estimaciones significativas hechas por la Entidad, así como una evaluación de la presentación general de los estados contables.”

Esperamos que después de leer nuestras observaciones sobre los criterios aplicados, algunas estimaciones significativas y la presentación de los estados contables; el Auditor firmante nos brinde sus aclaraciones sobre ellas, que por supuesto transmitiremos a todos los afiliados.

En el punto 5 se consigna “Los estados contables descriptos en el apartado 1. han sido preparados bajo el principio o norma contable de empresa en marcha, lo que implica que el gobierno provincial: I) cancelará el saldo restante para cubrir el desequilibrio financiero de la entidad que al cierre del ejercicio 2010 asciende a $ 185.106.501; …, y II) que como hasta el presente continuará cubriendo los déficits financieros de la entidad.”

Entendemos que, habiendo una ley recientemente puesta en vigencia, los beneficiarios de la Caja no deberían tener motivos para dudar respecto a la supervivencia de la entidad, pero está aclaración –nunca antes vista en los Estados Contables de la Caja- transmite las dudas que al respecto tiene el Auditor, especialmente referidas a que la Provincia cancele la deuda que surge de los mismos y que cumpliendo la ley siga cubriendo el déficit. Resulta preocupante lo expuesto  y las autoridades de la Caja deberían explicarlo a los beneficiarios.

Por otro lado disentimos con que la Caja tenga un desequilibrio financiero y que los déficits tengan ese carácter, asociándose ello a la necesidad de préstamos (en tal caso del Banco).   Es muy claro el inciso j) del artículo 21º de la ley vigente de la Caja en cuanto a que habla de RECURSOS que se asignen en el presupuesto provincial, atendiendo al déficit de ingresos y egresos.  Evidentemente el déficit no es FINANCIERO, y es cubierto por fondos (subsidios) que no generan deuda.

El Auditor, por desinformación u otra causa que debería explicar, no menciona en su informe la existencia del convenio 400 por el cual la Provincia recibió de la Nación  Miles de Millones de Pesos para financiar las Cajas Previsionales con déficit.

Nos preguntamos, dadas observaciones que hicimos (ver Partes I, II, III y IV) ¿Los estados contables presentan razonablemente el patrimonio de la entidad, sus recursos y gastos?

INFORME DE LA SINDICATURA

Conformado por cuatro carillas, fue suscripto el 31 de marzo de 2011 por Dr. Fernando Martín Tancredi, con matrícula de abogado en C.A.D.J. Mercedes y representante  en el cuerpo de fideicomisarios por los activos.

El citado profesional también suscribió el 18 de marzo de 2010 el informe (una carilla y cinco líneas) del mismo carácter sobre los estados contables al 31/12/09, basándose (como lo consigna) fundamentalmente en el trabajo del Auditor Externo (que no era independiente).

En ese momento consideró que  los estados contables representaban razonablemente la situación patrimonial de la Caja, los resultados de sus operaciones y la evolución del Patrimonio Neto.   Teniendo en cuenta los significativos Ajustes sobre el Patrimonio al 31/12/09 que se efectuaron al confeccionar los EC al 31/12/2010 nos preguntamos ¿Los presentaban razonablemente?

El informe sobre los EC al 31/12/2010 nos merece estas observaciones:

ALCANCE DEL EXAMEN: Consigna que su examen fue realizado de acuerdo a las normas de la ley 19550, “que requiere congruencia con las decisiones expuestas en actas (del Directorio) y la adecuación de dichas decisiones a la Ley y normas legales que regulen la creación y funcionamiento de la Entidad en lo relativo a sus aspectos formales, legales y documentales”

Nuestra entidad y muchos beneficiarios están reclamando que se cumpla la ley vigente integralmente y actualmente también lo hacen los Directores por los Activos y por Jubilados y Pensionados en cuanto a los incrementos de prestaciones no liquidados.  Sin embargo, a la luz del cierre de su informe aconsejando la aprobación de los estados contables considera que las decisiones del Directorio ¿están de acuerdo a la ley? ¿Por qué hay miles de reclamos y juicios?

Asimismo consigna que ha revisado el informe emitido por el auditor externo  con fecha 28 de marzo de 2011 (ver INFORME DE LOS AUDITORES suscripto el 29/03/11).  ¿Habrá sido un informe especial para el síndico? ¿Habrá dos informes del auditor externo?

Se hace eco de lo expuesto en el punto 2 del Informe de los Auditores, por lo cual al margen de tratarse de un abogado, le corresponde en este caso las mismas consideraciones expuestas ahí.

Al final y refiriéndose a la MEMORIA expresa: “Sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Entidad y otra documentación pertinente.”   Ya mencionamos la diferencia de más de 20 Millones entre el quebranto expuesto en la MEMORIA y el que se consigna en el Estado de Recursos y Gastos y que es igual al incluido en el Estado de Evolución del Patrimonio Neto.  ¿Habrá habido más de una Memoria?  ¿Cuál será para el Síndico el resultado real del ejercicio?

ACLARACIONES PREVIAS. En el Punto 5 se contradice -como el auditor- cuando por un lado expresa: “Según Ley Nº 13.364 / 05 de la Provincia de Buenos Aires, esta asignará las partidas necesarias para cubrir el desequilibrio entre los ingresos mensuales y las erogaciones por prestaciones, gastos administrativos y de funcionamiento de la Caja de Jubilaciones.”    Aunque no hay partidas específicas en el presupuesto provincial 2009 ni 2010 y no lo dice.

A continuación de lo anterior -contradiciéndose- consigna: “El déficit financiero pendiente de cobro al cierre del ejercicio 2010 ascendió a $ 185.106.501 los cuales fueron cubiertos por adelantos recibidos del Banco de la Provincia de Buenos Aires.  Al déficit económico lo transformó.

Pero luego señala –copiando al auditor- la aclaración que los estados contables “…han sido preparados bajo el principio de empresa en marcha …, de forma de poder cancelar las deudas por adelantos financieros que se fueron recibiendo del Banco de la Provincia de Buenos Aires, que al cierre del ejercicio ascienden a $ 191.533.000.”    Al margen de lo ya consignado por el tema de empresa en marcha cuando se comento el INFORME DEL AUDITOR, se debe señalar que el monto que la Caja contabiliza a cobrar de la Provincia es menor del que se afirma adeudar.

Ya se explicó la objeción a esta contabilización, pero… y ¿la diferencia en los montos cómo se explica?.  Asimismo, al igual que el Auditor, omite mencionar la vigencia del convenio 400 entre la Nación y la Provincia para financiar sistemas previsionales con déficit, por el cual la Provincia ha recibido Miles de Millones de Pesos.

IV INFORME DE LA SINDICATURA: “…sujeto a la recepción del aporte que la Provincia de Buenos Aires debe realizar para cubrir el déficit financiero de la entidad…los estados contables…presentan razonablemente…la situación patrimonial…los recursos y gastos…, excepto por y sujeto a todo lo mencionado en el párrafo III…” 

Después de leer todo esto, y con el antecedente de haber dictaminado prácticamente sin salvedades que el Patrimonio al 31/12/09 de $ 25 Millones era razonable y luego en este ejercicio se producen Ajustes sobre el mismo llevándolo a $ 71 Millones, los beneficiarios de la Caja seguramente estarán confundidos y dudando sobre si los Estados Contables al 31/12/10 están bien confeccionados, si lo que expresa el Síndico es confiable, y si en definitiva está cumpliendo correctamente su función.

FIDEICOMISARIOS: No desconociéndose la responsabilidad de quienes confeccionan, auditan y avalan en el Directorio de la Caja los Estados Contables, merece destacarse la responsabilidad final en su aprobación del Cuerpo de Fideicomisarios, entre los que se encuentran varios profesionales que seguramente estuvieron y están al tanto de las observaciones que se hicieron y se hacen ahora, y de su obligación de QUE SE CUMPLA CON LA LEY VIGENTE DE LA CAJA.

Resulta importante señalar que este Cuerpo en el cual se deriva la representación de los beneficiarios para aprobar los Estados Contables y eventualmente tomar otras decisiones; es el órgano de revisión de la actuación del Directorio de la Caja, así como en el tema específico que estamos tratando, de la actuación de la administración de la Caja y de la Auditoría externa; siendo el Síndico parte integrante del mismo.

A los efectos que todos los beneficiarios conozcan su conformación la detallamos según lo que consigna la página web de la Caja:

Presidente Dr.   Donato, Norberto Luis                (Representante del Banco)

Secretario:  Dra. Goyena, Marina Concepción     (Representante del Banco)

Titulares      Dr.   Tancredi, Fernando Martín         (Representante Activos – Síndico)

Sr.    Brizuela, Javier Hernán             (Representante Activos)

Sra.  Peres de Lollo, Nilda                 (Representante Jubilados/ Pensionados)

Sr.    Carames, Rafael Antonio                    (Representante Jubilados/ Pensionados)

Suplentes    Dr.    Borre, Hugo Heriberto               (Representante Banco – Síndico Suplente)

Sr.    Senestraro, Oscar Ángel           (Representante Jubilados/ Pensionados)

Sra.  Saugar de Fesler, Silvia Mabel (Representante Activos)

La Caja, en su página web (al momento de conformarse este informe) no informa los integrantes del Cuerpo en representación de la Provincia de Buenos Aires, que aún en caso de haberse designado y participar de sus reuniones estarían en minoría con relación a los cuatro representantes de los afiliados (Activos y Jubilados/Pensionados) ya que el cuerpo debería conformarse con ocho miembros titulares y el Presidente solo vota en caso de empate.

De tal forma, y al margen de la responsabilidad de los profesionales que representan al Banco sobre que los Estados Contables representen razonablemente la situación patrimonial de la Caja y sus resultados, ha sido el incumplimiento del compromiso de los representantes de los Afiliados lo que posibilitó que se aprobaran tal cual les fueron presentados.

Esto último vale para los Estados Contables finalizados en diciembre 2010 pero mucho más para aquellos finalizados el 31/12/09 que fueron aprobados por unanimidad cuando ha quedado demostrado –por los Ajustes sobre el patrimonio de la Caja al inicio en el ejercicio 2010- que los $ 25 Millones consignados oportunamente no representaban razonablemente el mismo, ya que ahora, estos representantes de los Afiliados han aprobado que debían haber sido $ 71 Millones.

Por supuesto que estos fideicomisarios deben a los beneficiarios –actuales y futuros- una explicación de cómo están ejerciendo la representatividad de los mismos, ya que parece que estuvieran desinformados o mirando para otro lado cuando tienen que ejercerla.

Lo mismo resultaría necesario de las entidades de jubilados y pensionados que apoyan a sus representantes y se supone que tienen interés en defender los derechos de todos los beneficiarios.   Después que no digan que no han participado, porque lo vienen haciendo en el Directorio de la Caja y en su Cuerpo de Fideicomisarios desde hace décadas.

EN DEFINITIVA ESPERAMOS RESPUESTAS DE TODOS LOS INVOLUCRADOS.