Por ser de suma importancia para las deducciones del impuesto a los ingresos 2018 y, a quienes les corresponda, las asignaciones familiares, les sugerimos tener muy en cuenta los siguientes avisos, publicados por la Caja de Jubilaciones en su página web:
22.01.2018
Presentación del F572 del periodo 2018
DEDUCCIÓN DE GANANCIAS:
BENEFICIARIOS DE LA CAJA BAPRO DEBEN PRESENTAR EL F 572 PARA EL PERÍODO 2018
Aquellos beneficiarios que hayan ingresado por 2017 el Formulario F 572 web deberán volver a presentarlo para el período 2018, a fin de continuar con la deducción específica que les permite gozar del beneficio equivalente a la suma de 6 haberes mínimos garantizados de ANSES.
Asimismo informamos que es exclusiva responsabilidad del beneficiario, comunicar mediante el citado F572 el cese del beneficio si ocurriera alguna causal que impida su cómputo, como por ejemplo la obtención de otro ingreso diferente de la jubilación y/o pensión ó comience a tributar Impuesto a los Bienes Personales.
La falta de presentación al inicio de cada año hará cesar la deducción obtenida en el período anterior, hasta tanto el beneficiario la realice nuevamente, ratificando su derecho al cómputo.
Igualmente deberá actualizar esta situación en todas las presentaciones que efectúe, por cualquier otro motivo, en el curso de cada año.
A partir del procesamiento del referido formulario, y de corresponder, se tomará la mencionada deducción en forma retroactiva a Enero de cada año.
Importante: Aquellos beneficiarios que no hayan presentado el F572 por el periodo fiscal 2017, deberán hacerlo a través del sistema SIRADIG de la página web de AFIP, antes del 31/03/2018.
15.01.2018
Reempadronamiento de Asignaciones Familiares
A PARTIR DEL 1RO. DE FEBRERO HASTA EL 31 DE MARZO DE 2018 SE LLEVARÁ A CABO EL REEMPADRONAMIENTO DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES PARA SU COBRO.
Para ello deberán confeccionar los formularios que estarán disponibles en todos los centros de atención de la Caja y en la página de Internet, como también acompañar la documentación requerida para cada tipo de asignación solicitada.
Para poder gozar de las asignaciones familiares la documentación solicitada deberá renovarse todos los años entre el 1 de febrero y el 31 de marzo.
Quienes no aporten la documentación del reempadronamiento dejaran de percibir las asignaciones familiares.
Los beneficiarios que lo hagan con fecha posterior solo cobraran las asignaciones familiares a partir del momento de la presentación no generando ningún pago retroactivo.