Lamentando la persistencia de la pandemia y las necesarias disposiciones de aislamiento social, deseamos que todos los beneficiarios continúen a resguardo de la misma. En ese marco, nuestra entidad entiende necesario hacerles llegar nuevas reflexiones sobre nuestro régimen previsional, esperando sean informados y participen a través de las redes y los correos electrónicos.
Ha trascendido que los fondos suministrados a la Caja por el Banco para que esta abone el 3 de julio en tiempo y forma los haberes de los jubilados y pensionados, han tenido como contraprestación un bono de $2.000 millones emitido por la Provincia, lo que evitará la afectación del patrimonio del Banco a raíz de ese pago. Se trata de una práctica que ya ocurría antes de la ley 15.008.
Como ya lo consignamos en su oportunidad, la Provincia gestionó asistencia de parte de la ANSES por $6.000 millones, para lo cual la Gobernación mediante una nota de su ministro de Hacienda y Finanzas exhibió como logro de la Provincia la ley 15.008, consolidando así su plena vigencia. Es posible deducir que con el bono antes referido, se haya trasladado una parte de esa asistencia nacional a la Caja; ya que la ley 15.008 prevé que el Banco debe ser acompañado por la Nación en el esfuerzo de solventar su déficit, sobre la base de acuerdos de armonización (Art. 11, inc. J y K).
Reiteramos a todos los afiliados nuestra histórica postura de rechazo al absurdo APORTE DEL BENEFICIARIO (bandera que lamentablemente no vemos levantada por muchas de las organizaciones defensoras de la Caja) y que no debe haber distintas clases de beneficiarios sino que cada jubilado debe cobrar en base a la categoría alcanzada, sin importar el momento en que accedió al beneficio y fundamentalmente teniendo en cuenta el total de las remuneraciones. Asimismo, resulta necesario aclarar que a nuestro entender el Banco no debe eludir su responsabilidad sobre el devenir de la entidad previsional, ya que es el principal responsable de su déficit porque siempre la gestionó.
Afirmamos que resolver el régimen legal de la Caja es una decisión política que incumbe a la actual administración provincial y/o a su legislatura. Asimismo, que para poder negociar en esos ámbitos sería necesaria la creación de una comisión dentro del ámbito del Banco, con participación de representantes de las comisiones gremiales internas y de las asociaciones de jubilados y pensionados, junto con la gerencia general del Banco y el directorio de la Caja. Recordamos que en nuestro caso, participamos cuando nos convocaron desde la Gerencia General del Banco y posteriormente le hicimos llegar propuestas.
Con propuestas y proyectos, siempre y cuando haya voluntad política, sería posible aspirar a una solución integral y definitiva para la Caja y para todos los jubilados y pensionados. Es la única vía, aun cuando la Corte Provincial pueda en algún momento fallar sobre el tema de la 15.008.
Las causas judiciales individuales, que por supuesto cada afiliado tiene derecho a iniciar, pueden lograr un eventual beneficio solo a quienes las encararon y una vez transcurrido el tiempo y superadas las instancias de apelaciones que hace la Caja. A corto plazo los beneficios de emprender acciones legales son para los profesionales que las llevan a cabo, con costo para el demandante, que debe solventar los honorarios que con todo derecho cobran, además de los gastos inherentes.
Respetamos la decisión de recurrir a la Justicia para defender los derechos conculcados, pero no debe perderse de vista que ante la eventualidad de éxito individual, el mismo no se traslada al colectivo de beneficiarios sino que cada uno deberá transitar el mismo proceso; pero el grave problema del déficit persistirá si no se adoptan medidas destinadas a la sustentabilidad del régimen.