Continuando con lo expuesto en nuestro comunicado del 23/08/2023 deseamos profundizar sobre los motivos que están provocando la licuación de nuestros ingresos.
Frente al cada vez más acelerado proceso inflacionario, el método de incremento de haberes que acuerda la Asociación Bancaria resulta sumamente perjudicial para todos los afiliados y especialmente los jubilados y pensionados.
Esto lo afirmamos haciendo la salvedad de que, como ha determinado la Corte provincial y numerosos fallos de tribunales inferiores, el sistema de la ley 15008 (art. 41) por el régimen general de la ANSES fue determinado inconstitucional, dado que su resultado para los haberes de los jubilados y pensionados del Bapro era mucho peor que el que estamos criticando.
La primera objeción es que los aumentos son calculados sobre el haber a diciembre del año anterior mediante coeficientes que, sin lograrlo, pretenden compensar la inflación pasada. Aunque se publicite que sigue el ritmo del costo de vida, eso en la realidad no es cierto, pues los aumentos siempre llegarán tarde. Además, y como agravante, éstos no son acumulativos, como lo es el cálculo de la inflación anual o semestral.
El mayor problema que afecta a los afiliados activos y jubilados es el aporte del beneficiario, esta vez en su variante del descuento del primer mes. Cuando el costo de los bienes y servicios de la economía se incrementan sin cesar y en montos cada vez mayores, los ajustes paritarios se hacen prácticamente mensuales, pero los afiliados del Bapro disponen de ellos recién a los 60 días desde que fueron establecidos sobre una inflación del pasado.
Además, en el caso de los jubilados la Caja toma para el incremento la masa salarial que informa el Banco, que generalmente es menor al porcentaje acordado de aumento; y suele liquidar tardíamente, como ahora que todavía no nos pagó el 5,2% de agosto, que al cobrarse recién a principio de noviembre estará fuertemente depreciado.
Otro deterioro para los jubilados es que los acuerdos paritarios siempre incorporan cifras no remunerativas o por única vez, que no son tenidas en cuenta para ajustar las prestaciones previsionales.
Por eso estamos muy lejos de que nuestros ingresos mantengan su poder adquisitivo. Esto en parte podría solucionarse si la Asociación Bancaria acordase los próximos incrementos según porcentajes realistas de la inflación esperada y se calculasen sobre el haber del mes anterior y no de un licuado haber del año anterior.
También hay que considerar que este deterioro de salarios y prestaciones impacta directamente en menores aportes y contribuciones, fundamentalmente a nuestra Mutual.
Aspiramos a que la Asociación Bancaria cambie la forma de acordar los incrementos y no compense con sumas no remunerativas.
En cuanto a nuestra Caja de Jubilaciones, reiteramos lo que hemos solicitado en otras oportunidades, respecto a que disponga el descuento del aumento del primer mes en al menos 3 cuotas, para que los beneficiarios contemos con dos tercios de dicho aumento a los 30 días de acordado, con lo que recuperaríamos un poco más rápido nuestros ingresos, compensando en parte la inflación.