Aumento de prestaciones previsionales desde Septiembre 2020

Nuevamente por decreto y sin fórmula de ajuste, el PEN anunció un incremento del 7,50% a partir del 1º de Septiembre del 2020 para los jubilados generales de la ANSES.

Es evidente que no existe el más mínimo interés de la Legislatura ni del Poder Ejecutivo provincial de modificar o derogar la ley 15.008, pese a las promesas hechas a muchos compañeros, a los que han engañado en su buena fe. Entonces, al no haber cambios en el régimen legal que nos rige, seguimos dependiendo de la interpretación arbitraria del funcionario provincial a cargo del directorio de la Caja, en cuanto a si nos corresponde el aumento mencionado o el anterior fijado por ley, ya que sin duda alguna es el nuestro un régimen previsional especial de jubilaciones. Esto es gravísimo compañeros, por los enormes perjuicios que nos están ocasionando, lo que nos motiva a hacer las siguientes consideraciones:

El aumento que correspondía por ley desde Septiembre 2020 era del 9,88%, que sumado a los que hubieran correspondido en Marzo y Junio 2020 da un acumulado del 35,93%. Cuando cada uno de ustedes compare lo que reciba acumulado a fuerza de decretos, verificará la significativa pérdida en su haber mensual, teniendo en cuenta que estimamos que el promedio de aumento acumulado en nuestras prestaciones (marzo – septiembre) no llegará al 18%.

Pero el perjuicio no se limita a la pérdida de poder adquisitivo de nuestros ingresos, sino que también miles de beneficiarios resultarán adicionalmente castigados porque el aumento de la deducción específica será bastante menor, lo que significará tributar mucho más.

La jubilación mínima se fija por decreto en $18.128,85, que multiplicada por 6 fija el monto de esa deducción. O sea que a partir del 1º de Septiembre pasaría a $ 108.773,10. Antes del aumento de Marzo 2020 la mínima era de $ 14.068.- y si hubiera permanecido la ley suspendida sería $ 19.122,63 a partir de Septiembre 2020, con lo que la deducción específica hubiera alcanzado a $ 114.735,79.

Además, dependerá de la administración de la Caja que no tengamos un perjuicio adicional, ya que la misma debe tomar a principio de Septiembre 2020 el monto incrementado de la deducción específica para calcular la retención impositiva sobre los haberes a cobrar. En ese momento ya tendríamos el significativo monto extra a abonar a la Mutual.

Está claro que las autoridades de los nuevos gobiernos nacional y provincial han decidido ignorar los derechos de los beneficiarios de la Caja de Jubilaciones; y lo hacen con total impunidad ante la inacción de la Justicia. Ya casi han pasado nueve meses, y pese a lo que algunos prometían, la ley 15.008 no solo sigue vigente, sino que recientemente fue ratificada por el Decreto provincial 261/20, como explicamos en nuestro comunicado del 24/04. Además, otros regímenes especiales no fueron afectados por la suspensión del sistema de actualización, y tienen un ajuste de haberes mayor que lo que se ha hecho para el régimen general. Siendo el nuestro un régimen especial, bajo ningún punto de vista corresponde que nos apliquen el tratamiento del régimen general.

Ratificamos que la problemática de nuestra Caja es política, ya que el origen y aprobación de la ley 15.008 fue consensuada entre las fuerzas políticas representadas en la Legislatura; y ahora, siendo oficialismo lo que antes era oposición, no existe la más mínima voluntad para dejarla de lado.

Por lo expuesto, entendemos que debemos luchar para retomar la plena vigencia de nuestro régimen especial, y por supuesto sin el Aporte del Baneficiario mensual y por cada aumento, que lamentablemente drena significativamente nuestros ingresos netos.

El rumbo que está tomando este Gobierno autodefinido como popular, tampoco permite albergar esperanzas respecto a la excepción de impuestos a las jubilaciones, ni el respeto de los derechos adquiridos por jubilados que han hecho cuantiosos aportes a lo largo de su vida laboral, mientras se preservan los ingresos de sectores que pareciera no están obligados a ser “solidarios”, como funcionarios de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.