Arbitrariedad en la aplicación del aumento a cuenta de la paritaria 2015

¿Si los empleados activos necesitaron una compensación extraordinaria por el año 2014, por qué la Caja y el Banco deciden que los jubilados y pensionados no la necesitan?

Según lo publicado por la Asociación Bancaria el 23 de enero de 2015 se ha firmado un preacuerdo paritario para el primer trimestre del año en curso. Consiste en el anticipo a cuenta del acuerdo definitivo de una suma mensual remunerativa de $ 2.200.- para cada uno de los meses del período antes citado y una compensación extraordinaria remunerativa por el año 2014 de $ 3.000.- cuyo pago se efectuó el 30/01/15 (si bien el anuncio preveía que se desembolsara el 12/02/15).

Con respecto a estos pagos el Banco comunicó el 29/01/15 a sus empleados mediante la Circular “A” 31727 que por los $ 2.200.- mensuales se efectuarán los aportes del personal que indica el Art. 21º, inc. F. Pero para la compensación extraordinaria del 2014 no hace esa aclaración e indica que es “por única vez”, que no será tenida en cuenta para el cálculo de vacaciones, S.A.C., horas extras, indemnizaciones y/o cualquier otra referencia remunerativa. Asimismo, confirmando la duda que manifestáramos en nuestro envío del 28/01/15 a los colegas, la agrupación con representantes en el directorio de la Caja, Unión Jubilados, comunicó el 30/01/15 que les informaron que no serán considerados los $ 3.000.- para reajustar los haberes jubilatorios.

Reiteradamente la Caja nos niega los aumentos derivados de pagos “no remunerativos” a los activos, excusándose en el argumento ilegal de no contar con los aportes y contribuciones correspondientes, artilugio destinado a favorecer al Banco disminuyendo su costo laboral a expensas de sus ex empleados jubilados y de los servicios sociales. Pero ahora la arbitrariedad es descarada, injusta e inmoral: también nos niegan un pago “remunerativo”, como ya lo hicieron en 2010.

Pero los jubilados y pensionados necesitamos ya tener incrementos en nuestros ingresos, que contrariamente a los activos no se vieron modificados ni reforzados desde principios de 2014. La confirmación de este nuevo despojo violando la ley vigente por parte del Banco y de la Caja hace necesario que todos los colegas jubilados y pensionados estemos preparados para movilizarnos, a fin de reclamar para que no se vulnere una vez más nuestro derecho a la recomposición de las prestaciones en función de la remuneración total del empleado activo. Debemos exigir todos que el Directorio de la Caja traslade hacia jubilados y pensionados los ajustes derivados de esa compensación, pagando el monto resultante a más tardar el 12/02/15.

Colegas: es imprescindible reencontrarnos en una nueva reunión deliberativa en Casa Central, a fin de reclamar por nuestros haberes previsionales en forma urgente y ajustada a la ley, porque estamos hartos de que la Caja y el Banco, arbitrariamente, violen la norma vigente y la abundante jurisprudencia al respecto.

Asimismo, podremos manifestar nuestra protesta porque:

  • Como dice el comunicado de la Bancaria, “siguiendo el criterio de años anteriores”, nuevamente pareciera que el ajuste con el porcentaje definitivo de incremento paritario en el mejor de los casos llegará a partir de marzo 2015, pues avisan que la negociación se reanudará en la segunda quincena de ese mes. Decimos esto porque deben recordar que en 2014 el ajuste fue de 27% para enero y febrero y 29% desde marzo en adelante, conformando un aumento anual efectivo del 28,67%.
  • Se dilata el ajuste de haberes que depende de la incorporación de códigos al básico de convenio, que fue firmado para julio 2014, pero dejado de lado tanto por el Banco como por el sindicato y las Comisiones Gremiales Internas, las que deberían darnos explicaciones ya que lo más afectados por esa licuación en el tiempo somos los jubilados y pensionados.
  • La compensación extraordinaria que cobraron los activos sin duda obedece al bajo porcentaje acordado (en dos tramos) por el gremio en 2014, que hoy padecemos los jubilados frente al proceso inflacionario, mientras que para los activos posteriormente se acordaron varios pagos “no remunerativos”, que les permitieron moderar el atraso de su poder adquisitivo.