Finalmente se llevó a cabo la reunión mensual de enero del Directorio de la Caja, en principio programada para el miércoles 27 y postergada por ausencia de los directores por la Provincia, que en esta oportunidad asistieron.
Al finalizar la sesión la directora Susana Gomez informó a los beneficiarios reunidos, que si bien no estaba en el temario incluyeron (los directores jubilados) la presentación de un informe acerca del impacto financiero que producirá la aplicación de los términos de las sentencias (sobre una ley derogada) ya obtenidas por 1.200 jubilados aproximadamente al resto de unos 5.000.
A su vez el director Carlos Bettaglio expresó que la incidencia de lo requerido representará para la Provincia un desembolso de $ 145.000.000.- más por año y cifra sus esperanzas en que ésta preferirá pagarlos y no exponerse a demandas judiciales –que ellos mismos aconsejarán- que le significarán una erogación de unos $ 350.000.000.-
Lamentablemente –por la falta de información al respecto- se debe deducir que tema del anticipo a cuenta del aumento paritario de enero 2010, no fue considerado ni propuesto su tratamiento por los representantes de jubilados y pensionados. Relacionado con los párrafos precedentes, ¿será porque nos involucra a todos? ¿y porque tienen prioridades discriminantes?
Cabe señalar, que dicho adelanto favorecerá al total de los más de 13.000 beneficiarios e insumirá un desembolso de $ 100.000.000 más por año, que será obligatorio ya que el incremento a los activos fue acordado y se concretará retroactivamente a partir de marzo.
La falta de resolución de otorgar ya un monto mensual a cuenta hará que luego se acumulen muchos millones de pesos para pagar y volverá la incertidumbre –como ya paso con la Retribución Especial- sobre su efectivización en tiempo y forma, pese a la promocionada garantía Provincial de pagarnos el 100% de nuestros haberes.
Conclusión: los directores representantes de los jubilados y pensionados continúan preocupándose (igual que siempre) sólo por una parte de los jubilados (en la que curiosamente ellos se encuentran) acogidos bajo la ley 5.678, y cuyos derechos oportunamente permitieron derogar y no se preocuparon en reinsertarlos adecuadamente en la ley vigente por ellos propiciada.
De la aplicación (solicitada por nuestra entidad) efectiva e integral de la ley 13.364 y su modificatoria 13.873 a todos (art. 3), la última categoría (art. 54), etc. se desinteresan; porque como de su texto (emitimos varios comunicados al respecto) no surgen las ventajas que prometieron a sus no discriminados. Quieren retornar a la justicia, que ahora ha fallado en contra del afiliado en causas contra la ley 11.761 (derogada), dado que la imposición forzada que pretenden carece de asidero legal. En la actualidad ninguno la defiende, nadie la quiere aplicar … ¿tenemos ley? O antes de aplicarla, hay que modificarla…