Y también la inaceptable e injusta discriminación que su cálculo implica para los jubilados y pensionados.
En conjunto con la Asamblea Permanente, el Círculo de Jubilados y ACIPESU, nuestra entidad viene reclamando y llevando adelante iniciativas destinadas a terminar con la discriminación de la Caja de Jubilaciones hacia un importante universo de beneficiarios, al no reconocerles la recomposición de sus prestaciones como sí lo hace con otros jubilados.
También nos discrimina el Banco con el costo de los préstamos personales.
Por su parte, AMEBPBA consolida el aporte “extraordinario” que impuso a los afiliados con la excusa de la pandemia de COVID, aporte que la práctica convirtió en ordinario, dada su continuidad ininterrumpida. Pero como si se pretendiera sumar una inequidad más, para los jubilados este aporte tiene el agravante de representar una carga muy superior a la de los activos, tal se puede verificar en la tabla adjunta.
Cabe destacar que no tenemos conocimiento de consultas previas o alguna asamblea en la que los afiliados hubiéramos tenido oportunidad de opinar sobre un descuento obligatorio que se decidió en detrimento de nuestros haberes. Tampoco se entiende la causa que llevó a aplicar porcentuales variables arbitrarios según los ingresos, desestimando las necesidades familiares o compromisos financieros que en la realidad afronta cada afiliado.
En la escala del 2,5% el activo parte de $ 4.000.000 mientras que al jubilado o pensionado ese porcentaje se lo aplican desde los $ 3.000.000, y en la del 3% el activo lo solventa a partir de los $ 6.000.000 mientras que al beneficiario de la Caja se lo aplican desde los 5.000.000. Se trata de una discriminación injustificable.
Pero la injusticia es mayor aún si se tiene en cuenta, como señaláramos repetidamente, que a los jubilados y pensionados el aporte se aplica sobre el 100% de sus remuneraciones (incluyendo SAC y RES) y hasta sobre aquellas que no cobra (por el injusto aporte del primer mes por cada incremento de las prestaciones) mientras que los activos solo contribuyen sobre una parte de sus ingresos, dado que reciben pagos no remunerativos significativos, sin aportes ni contribuciones a la Mutual ni a los demás servicios sociales; aunque a la Asociación Bancaria aportan sobre todas las remuneraciones.
Debe tenerse en cuenta que muchos jubilados, por las pérdidas familiares que han sufrido realizan su aporte mensual y extraordinario por una sola persona, y que en general ese aporte puede cubrir hasta dos personas. Por su parte, es normal que el activo aporte al menos para tres personas, y la cobertura pueda extenderse a más según sea el grupo familiar. Esto a nuestro entender compensa la necesidad natural de más asistencia a las personas mayores, que además contamos con mayor historia de aportes que la de los activos desde nuestro ingreso al Banco, en general más de 60 años de aportes a la Caja y a la Mutual. Por eso no es tolerable que los jubilados y pensionados aporten más.
Todo esto en un contexto mucho mas grave, dado que este Aporte Extraordinario ha nacido porque la actual administración del Banco desde el inicio de su gestión no cumple con su obligación de contribuir con el 2% sobre intereses y comisiones, como sí lo hicieron todas las anteriores gestiones, independientemente de su color político.
Lamentablemente, no han existido reclamos enérgicos de los sectores con poder para hacerlos, debiendo destacarse los de índole administrativa que se concretaron por iniciativa de algunas entidades de jubilados. Vamos en camino de perder definitivamente un ingreso imprescindible para nuestra mutual de salud, porque contrariamente a su discurso, en los hechos las autoridades nos consideran privilegiados.
Las organizaciones de jubilados y pensionados, las comisiones gremiales internas y las entidades de los servicios sociales debemos seguir reclamando para que se regularicen los ingresos por esa contribución del Banco, ya que es un derecho adquirido, y las nuevas autoridades de la AMEBPBA deberían hacerlo con decisión, empleando todas las herramientas a su alcance, sin descartar la vía judicial.
El aporte extraordinario debe desaparecer. No obstante, si es inevitable hasta que el Banco asuma su responsabilidad con el servicio de salud para sus trabajadores, su incidencia en los haberes debe ser menor y equitativo para los activos y los jubilados.