Ley 13364 (modificada por la ley 13873) vigente desde el 01/12/2008
SE TRATA DE UNA LEY INCLUMPIDA POR EL DIRECTORIO DE LA CAJA TÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTÍCULO 3.- Decláranse obligatoriamente comprendidos en el régimen de esta Ley: a) El personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires cuyas remuneraciones sean liquidadas en su calidad de empleados. b) Sus jubilados y pensionados. … Leer más