Impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales

Ponemos en conocimiento que recibimos de nuestra Caja de Jubilaciones un correo electrónico anticipando novedades sobre los impuestos del título, cuyo contenido ahora ya está publicado en la página web de la entidad. Por su importancia lo publicamos textualmente a continuación, destacando que para cualquier aclaración sobre lo expuesto en el mismo deberán consultar a la Caja de Jubilaciones:

Se informa que aquellos afiliados que hayan obtenido ganancias brutas totales iguales o superiores a $1.500.000.- (pesos un millón quinientos mil) en el período fiscal 2018, están alcanzados por las disposiciones de la R.G. AFIP Nº 4493/19 y sus modificatorias. En consecuencia, se encuentran obligados/as a informar a la AFIP lo siguiente:
  • a) El detalle de sus bienes al 31/12/18 valuados conforme a las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales que resulten aplicables a esa fecha.
  • b) El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias.
En ambos casos deberán utilizar el Servicio Web “Ganancias Personas Humanas – Portal integrado”, al cual se podrá ingresar a través de la página WEB de la AFIP (www.afip.gov.ar).
La presentación de la declaración jurada anual deberá realizarse mediante transferencia electrónica de datos utilizando “Internet”, de acuerdo al siguiente cronograma:
  • CUIL Terminado en: 0-1-2-3 vencimiento 19/06/2019
  • CUIL Terminado en: 4-5-6 vencimiento 21/06/2019
  • CUIL Terminado en: 7-8-9 vencimiento 24/06/2019
A los fines indicados precedentemente, deberán emplear la “Clave Fiscal” obtenida de acuerdo con lo dispuesto por la R.G. AFIP Nº 2239, sus modificatorias y complementarias.
La presentación de la información se tramita directamente ante la A.F.I.P. y se presenta a través de la página WEB www.afip.gov.ar.
Por otro lado informamos que según RG 4396/2019 el F 1357 (ex F 649) correspondiente a la “Liquidación de impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría año 2018 “, será puesta a disposición por la AFIP en su página Web, y podrá obtenerse ingresando al Servicio SIRADIG – Trabajador.