Reajuste de las prestaciones

Surge del acta firmada el 15/03/10 entre la Asociación Bancaria y la Cámara ABAPPRA que se ha acordado un aumento salarial para los activos en los siguientes términos: incremento del VEINTITRÉS CON CINCUENTA POR CIENTO (23,5%) sobre todas las remuneraciones brutas, totales, normales, mensuales y habituales percibidas por cada uno de los trabajadores bancarios al 31 de diciembre de 2009, con vigencia a partir del 1º de enero de 2010 (se acompaña acta).

De lo expuesto precedente surge claramente que todas las remuneraciones de los activos (con aportes y sin aportes) tienen incremento (con un mínimo garantizado) a partir de enero 2010, por consecuencia el porcentaje de aumento que les corresponderá a los beneficiarios de la Caja será mayor, pudiendo hasta llegar a casi un VEINTISEIS POR CIENTO (26%).

Debe tenerse presente que entre los firmantes del acta antes mencionada se encuentran los gremialistas Claudia Ormaechea y Salvador Villano pertenecientes a las Comisiones Gremiales del Interior, que con fecha 24 de febrero de 2010 emitieron un  comunicado que sobre este tema expresaba textualmente: “…,que en el caso de nuestro banco se proyecte en su totalidad a nuestros compañeros jubilados ..”

 Asimismo el Presidente del Banco de la Provincia de Buenos Aires, compañero Guillermo Francos, se ha comprometido expresamente a no otorgar incrementos salariales en negro (no remunerativos), por lo cual y ante la vigencia del acuerdo retroactivo a enero 2010, las prestaciones previsionales deben ser ajustadas inmediatamente.

Nuestra entidad viene sosteniendo, como marcan los fallos y la jurisprudencia laboral y previsional, que todo aquello que se abona normal y habitualmente es remunerativo y por ende sujeto a aportes y contribuciones. De tal forma que lo que se consigna en el punto 4 del acta, que es la continuidad tramposa de lo firmado en diciembre 2009, en cuanto al eufemismo “no remunerativo” (en negro) del reajuste para enero y febrero, que en definitiva quiere condicionar el aumento para jubilados y pensionados, no resulta aplicable por lo dicho anteriormente y solo significaría que en este caso el Banco se haría cargo de los aportes de los trabajadores, ya que es su responsabilidad junto con depositar las contribuciones que corresponden.

Hacer lo contrario significará para gremialistas, sus socios de las entidades de jubilados y pensionados y para el presidente del Banco y su Directorio, incurrir lisa y llanamente en evasión no solo previsional sino que también impositiva dado que indirectamente se está evadiendo impuesto a las ganancias que lamentablemente, por inacción de sus representantes, tributan cada vez más jubilados y pensionados de la Caja. El directorio de la Caja debe solicitar los aportes y contribuciones.

En este contexto entendemos necesario que los Representantes de Jubilados y Pensionados en el Directorio de Caja proponga a sus pares el próximo 23 de marzo, abonar inmediatamente el reajuste de las prestaciones de febrero y marzo (el aumento de enero se aporta a la Caja) con una fecha de pago que no debería extenderse más allá del 20 de abril de 2010.

Resulta necesario asimismo que las entidades que nuclean jubilados y pensionados se expidan sobre este tema y respalden el reajuste de haberes a partir de enero 2010.  Su silencio significará complicidad. Asimismo esperamos las explicaciones, de aquellos que gremialmente se comprometían y nos ilusionaban con el aumento a partir de enero y luego sus representantes firman un acta que tramposamente quiere diluir ese compromiso.